Personas Sordas y Derechos Humanos

Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 1 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 2 Personas Sordas y Derechos Humanos Datos recopilados por Dña. Hilde Haualand, Investigadora D. Colin Allen, Ayudante de la Investigadora y Coordinador del Proyecto Federación Mundial de Sordos y Asociación Nacional de Sordos de Suecia Enero 2009 Diseñador de la portada: Sr Dušan Nikolić Foto de la Investigadora: Sra. Siv-Elin Nærø Foto del Coordinador del Proyecto: Sr Bojan Djukić Contacto: Secretaría General World Federation of the Deaf PO Box 65 FIN-00401 Helsinki, Finland Email: info@wfdeaf.org Página web: www.wfdeaf.org Con la financiación de la Agencia para la Cooperación en el Desarrollo Internacional (Sida) y la Asociación de Ayuda Internacional de Organizaciones de Discapacitados de Suecia (Shia). Con la colaboración de la Asociación de Sordos de Dinamarca (DDL), la Asociación de Sordos de Finlandia (FAD), la Asociación de Sordos de Noruega (NDF) y la Asociación Nacional de Sordos de Suecia (SDR). © Copyright Federación Mundial de Sordos y Asociación Nacional de Sordos de Suecia Todos los derechos reservados. Cuando se haga referencia o se cite parte del presente informe será preciso mencionar al autor y la publicación de la siguiente manera: “Personas Sordas y Derechos Humanos, por Dña. Hilde Haualand y D. Colin Allen para la Federación Mundial de Sordos y la Asociación Nacional de Sordos de Suecia, 2009”. ISBN 978-952-9648-21-4 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 3 Tabla de Contenidos 1 Introducción 5 2 Resumen Ejecutivo 6 3 Personas Sordas y Derechos Humanos 7 3.1 Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad 7 3.2 Factores básicos para los Derechos Humanos de las Personas Sordas 9 3.3 ‛Personas Sordas y Derechos Humanos’ 10 3.3.1 Falta de datos sobre la situación de las personas Sordas 10 3.3.2 Proyecto Preliminar de Educación Global sobre los Derechos Humanos de las Personas Sordas 10 3.3.3 Evaluación de las respuestas a la encuesta preliminar 11 3.3.4 Metodología y análisis del informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” 12 3.3.5 Agradecimientos 13 4 Encuestados 14 4.1 Auto-representación en la toma de decisiones 14 4.1.1 Representación de personas Sordas entre los encuestados 14 4.1.2 No-encuestados 14 4.2 Clasificación económica 15 4.3 Población Sorda 15 4.4 Perspectiva médica y social 16 4.5 Organizaciones encuestadas por regiones 16 5 Igualdad y Lengua de Signos 22 5.1 Artículo 21 Libertad de Expresión y Opinión; y Artículo 29 Participación en la Vida Pública y Política 22 5.2 Ciudadanos en igualdad 22 5.2.1 Derecho a voto 23 5.2.2 Obtención del carné de conducir 24 5.2.3 Matrimonio, hijos y adopción 24 5.3 Reconocimiento de la Lengua de Signos 24 5.3.1 Lengua de Signos en la legislación 25 5.3.2 Diccionarios de Lengua de Signos 25 5.4 Visión general a nivel Regional: Ciudadanía y Reconocimiento de la Lengua de Signos 26 5.5 Lenguas de Signos – Parte del Patrimonio de la Humanidad 29 6 Educación 30 6.1 Artículo 24 Educación 30 6.2 Historia de la Educación Sorda 30 6.2.1 Método manual frente al método oral 30 6.2.2 Una educación bilingüe emergente 30 6.3 Reconocimiento del Derecho a la Educación 31 6.3.1 Métodos educativos 32 6.3.2 Escaso conocimiento sobre la educación bilingüe 32 6.3.3 Baja calidad educativa 33 6.4 Visiones generales a nivel Regional 33 6.5 Incremento de la aceptación de la Lengua de Signos en la Educación Sorda 37 7 Acceso a los Servicios y a la Interpretación de la Lengua de Signos 39 7.1 Significado de la palabra Accesibilidad para las personas Sordas 39 7.2 Acceso a los Medios de Comunicación y a la Información 40 7.2.1 Lengua/s de Signos en la televisión 40 7.2.2 Subtitulado 41 7.2.3 Documentación del gobierno 41 7.3 Una consecuencia del acceso limitado a la información: la situación del VIH/SIDA 41 7.4 Acceso a los Servicios del Gobierno 42 7.4.1 Acceso oficial frente al acceso real 42 7.4.2 Incremento en la accesibilidad a los Intérpretes de Lengua de Signos 42 7.5 Servicios de Interpretación de Lengua de Signos; Formación y Código Ético 42 7.6 Visiones generales a nivel Regional 44 7.7 Baja calidad formativa y un número escaso de Intérpretes de Lengua de Signos 48 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 4 8 Formación Permanente 49 8.1 Artículo 27 Trabajo y Empleo 49 8.2 Formación Profesional y Acceso a la Educación Superior 49 8.3 Visiones generales a nivel Regional 50 9 Comentarios definitivos realizados por la Investigadora 55 10 Listado de referencias 56 11 Trayectoria del Equipo de Investigación 57 12 Apéndices 58 12.1 Cuestionario 58 12.2 Listado de países encuestados en cada región 72 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 5 1. Introducción Apreciados lectores, La Federación Mundial de Sordos (WFD) y la Asociación Nacional de Sordos de Suecia (SDR) se sienten orgullosas de tener en sus manos este documento único que contiene los datos más recientes sobre la situación de los derechos de las personas Sordas. El Informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” contribuirá a aumentar considerablemente nuestro conocimiento sobre cómo mejorar el nivel de las personas Sordas en cualquier parte del mundo gracias a su distribución a nivel global. Antes de contar con este informe, los últimos datos de los que disponían se remontaban a una investigación realizada en el año 1992, cuando la WFD publicó su “Estudio sobre las Personas Sordas en los Países en Vías de Desarrollo”. Desde la WFD nos gustaría expresar nuestro agradecimiento a los 93 países que enviaron sus respuestas al cuestionario, abordando áreas tales como el reconocimiento de las lenguas de signos, la accesibilidad, la educación Sorda y la titulación de los intérpretes de la lengua de signos. Igualmente deseamos agradecer sinceramente el apoyo a este proyecto tan innovador recibido por la Asociación de Sordos de Dinamarca, la Asociación de Sordos de Noruega y la Asociación de Sordos de Finlandia, así como a la Agencia para la Cooperación en el Desarrollo Internacional (Sida) y la Asociación de Ayuda Internacional de Organizaciones de Discapacitados de Suecia (Shia) por actuar como principales patrocinadores. La SDR ha tenido el honor de cooperar estrechamente con la WFD en la implementación de este proyecto tan relevante. El informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” aborda un tema de gran actualidad ya que coincide con el proceso de ratificación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Servirá para aportar la información necesaria sobre las necesidades que se deben tener en cuenta y se deben realizar si los países que ratifiquen dicho tratado desean comprometerse con el espíritu de la Convención y cumplir las responsabilidades que ésta implica. La Convención es el primer tratado que menciona de manera específica los derechos de los usuarios de la lengua de signos en varios artículos. La Convención define claramente que se consideran lenguas tanto las orales como las habladas. Afirma que los Estados deben reconocer y promover la identidad cultural y lingüística de la comunidad Sorda así como el uso de las lenguas de signos. Además, la Convención asevera que los Estados deberían facilitar el aprendizaje de la lengua de signos y respaldar el derecho de las personas Sordas a recibir una educación en su propia lengua. De hecho, este tratado especifica que todas las personas con discapacidad deberán tener derecho, en igualdad de condiciones que el resto, al reconocimiento y respaldo de sus identidades culturales y lingüísticas específicas lo que incluye las lenguas de signos y la cultura Sorda. Este informe respalda el objetivo de la WFD de promover la igualdad de oportunidades y la plena participación de las personas Sordas en la sociedad. Los resultados más relevantes de la encuesta muestran con claridad que los derechos humanos de las personas Sordas son descaradamente violados en todo el mundo. Los análisis realizados en este informe ayudarán enormemente a la WFD y sus organizaciones miembros a orientar sus actividades y estrategias hacia una mejora efectiva de los derechos humanos de una manera más sistemática. Desde la WFD deseamos sinceramente que este informe resulte útil a la ONU y sus agencias, a las organizaciones colaboradoras y otros aliados que centran su trabajo en la discapacidad y los movimientos lingüísticos y culturales. Nos gustaría extender nuestro agradecimiento al Sr. Tomas Hedberg, Miembro del Consejo de la WFD, por su iniciativa para poner en marcha este proyecto. Igualmente la WFD da las gracias al Comité de Dirección: D Tomas Hedberg, D Feliciano Sola Limia, Dña. Meri Hyrske-Fischer y Dña. Anneli Joneken; y a la Secretaría General de la WFD, por su esfuerzo y gran dedicación por obtener los mejores resultados. Finalmente, la WFD desea manifestar su más profundo agradecimiento al Sr Colin Allen, Coordinador del Proyecto, por su excepcional e incansable dedicación; a los siete coordinadores regionales; y a la Sra. Hilde Haualand por su productivo análisis de todos los datos que ha llevado finalmente a la elaboración de este informe tan riguroso y excelente. Sin la participación de estas personas y otros voluntarios, no se podrían haber realizado ni el proyecto ni los informes resultantes. D. Markku Jokinen D. Lars-Åke Wikström Presidente Presidente Federación Mundial de Sordos Asociación Nacional de Sordos de Suecia Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 6 2. Resumen Ejecutivo El informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” se basa en una encuesta que es, hasta el día de hoy, la base de datos más amplia sobre la situación de las personas Sordas. Se aborda la vida de las personas Sordas en 93 países, en su mayoría en vías de desarrollo. La Asociación Nacional de Sordos de Suecia y la Federación Mundial de Sordos comenzaron la investigación gracias a la financiación de la Agencia para la Cooperación en el Desarrollo Internacional (Sida) y la Asociación de Ayuda Internacional de Organizaciones de Discapacitados de Suecia (Shia). Se puede acceder a la versión en Internacional del informe en la web de la WFD (www.wfdeaf.org/projects.html). La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad subraya la legitimidad de las personas Sordas a disfrutar de los derechos humanos en plenitud. Los principales factores que se identifican como derechos humanos de las personas Sordas son el acceso y el reconocimiento de la lengua de signos, incluyendo la aceptación y el respeto hacia la identidad cultural y lingüística de las personas Sordas, la educación bilingüe, la interpretación de la lengua de signos y la accesibilidad. Este informe aporta datos y análisis sobre los encuestados (en su mayoría asociaciones de personas Sordas), el reconocimiento de la lengua de signos en la legislación, la educación, accesibilidad e intérpretes y la formación continua. En este informe se plantea la existencia de varios servicios o instituciones, no la cantidad o la calidad de los mismos. Un total de ciento veintitrés (123) países recibió el cuestionario al que respondieron 93 países, obteniendo una tasa de respuestas del 76 por ciento. Las principales conclusiones obtenidas son: • Diecinueve países contestaron que sus gobiernos no reconocen a las personas Sordas como ciudadanos en igualdad y tan sólo en 44 países está reconocida formalmente la lengua de signos, principalmente en los ámbitos de la enseñanza y los servicios sociales. En 31 países a las personas Sordas no se les permite obtener el carné de conducir. Salvo algunas excepciones, a las personas Sordas normalmente no se les prohíbe el derecho a voto o a establecer una familia; pero sí tienen un acceso limitado a los medios de comunicación y otra información, existen altos porcentajes de analfabetismo y los graves prejuicios sociales provocan la violación de los derechos humanos de las personas Sordas y denigran su estatus como ciudadanos en igualdad. • Parece que no hay ningún país que deniegue por completo el derecho de las personas Sordas a la educación, pero el sistema educativo y/o los niveles de alfabetización de los niños Sordos no son satisfactorios en ninguno de los países encuestados. Tan sólo en 23 países se ofrece una educación bilingüe en lengua de signos y la lengua nacional a los niños Sordos en algunas escuelas. En el resto de centros educativos y países, el acceso de los niños Sordos a la educación es limitado. La mayoría de encuestados dicen que la calidad de la educación de las personas Sordas es baja y que el nivel de analfabetismo es elevado lo que indica que existe una ignorancia enorme dentro de los sistemas educativos respecto de la importancia de la lengua de signos en la educación Sorda. • En ochenta países disponen de intérpretes de lengua de signos, pero tan sólo 32 gobiernos asumen la responsabilidad de cubrir los salarios de estas personas. En 43 países se ofrece formación de intérpretes de lengua de signos, aunque con diferente calidad, y sólo en 30 países tienen un Código Ético que garantiza la autonomía de las personas Sordas en aquellas situaciones en las que precisan un intérprete. Sólo 18 países cuentan con un servicio de interpretación de lengua de signos, con formación profesional y un Código Ético para la interpretación en lengua de signos. Once países respondieron que las personas Sordas no tienen acceso a los servicios del gobierno, pero el acceso limitado a la interpretación en lengua de signos indica que apenas hay países en los que las personas Sordas sí disfruten de un acceso real a los servicios ofrecidos por el gobierno. • En 77 países reconocen que las personas Sordas disfrutan del derecho al trabajo y perciben un salario, pero tan sólo 47 cuentan con una legislación en el ámbito Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 7 laboral que proteja a las personas Sordas frente a la discriminación en el trabajo. Cincuenta y cinco países afirmaron que las personas Sordas pueden acceder a la educación universitaria, pero que únicamente 18 países ofrecen servicios de interpretación a lengua de signos en las universidades. En el resto de países el acceso de las personas Sordas a la educación superior es muy limitado. • Cincuenta y dos países desconocen si la situación del VIH/SIDA afecta a las personas Sordas de su país o no disponen de información sobre este asunto. Parece que los encuestados de las regiones africanas son los más conscientes acerca de la situación del VIH/SIDA, aunque precisamente son también estas regiones las que tienen un menor acceso a los servicios públicos. En la mayoría de países encuestados es necesario fomentar las campañas de sensibilización sobre el VIH/SIDA y/o dirigir información sobre este tema a las asociaciones de Sordos y personas Sordas en particular porque la situación actual es precaria. Son relativamente pocos los países que deniegan el acceso a las personas Sordas a la educación, los servicios del gobierno o la igualdad como ciudadanos tomando como base únicamente la sordera. Pero la falta de reconocimiento de la lengua de signos, de una educación bilingüe, la disponibilidad limitada de servicios de interpretación a lengua de signos y la extendida falta de conciencia y conocimiento sobre la situación de las personas Sordas las que privan el acceso de las mismas a secciones más amplias de la sociedad. Por consiguiente estas personas no disfrutan verdaderamente de los derechos humanos fundamentales. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 8 3. Personas Sordas y Derechos Humanos 3.1 Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Las libertades y los derechos humanos fundamentales se aplican a todas las personas independientemente de su sexo, nacionalidad o etnia, color, religión, lengua o cualquier otra condición como puede ser la discapacidad o la propia sordera. Aún así, las personas Sordas y las personas con discapacidad de todo el mundo coincidían en que sus derechos no estaban siendo protegidos de la manera adecuada por la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la Convención sobre los Derechos del Niño1, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación en contra de las Mujer2 y otros documentos destinados a las protección de los derechos humanos de todas las personas. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) no concede ningún derecho humano nuevo a las personas con discapacidad, pero sí es un documento que garantiza el disfrute de los mismos derechos humanos que cualquier otra persona. Se trata de un tratado que tiene como fin “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente” (Artículo 1). La Convención reconoce “que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” (Preámbulo (e)). La CRPD marca un cambio de paradigma del enfoque médico por el enfoque político y social en la lucha por garantizar la libertad y la dignidad de las personas con discapacidad. Son las barreras originadas por la actitud y el entorno -no la discapacidad física- las que limitan el disfrute pleno de los derechos humanos de las personas con discapacidad; para las personas Sordas la principal barrera es la falta de reconocimiento, aceptación y uso de la lengua de signos en todas las áreas de la vida, así como la falta de respeto hacia la identidad cultural y lingüística de las personas Sordas. En el Artículo 3 se presentan los principios que marcan todo el texto de la Convención así como el resto de artículos que se guían por estos mismos principios que son, entre otros: “el respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas” (3 (a)); “la participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad” (3 (c)); “el respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas” (3 (d)); y “respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad” (3 (g)). El respeto por la diferencia, el respeto a preservar la identidad y la aceptación de las personas Sordas y las lenguas de signos como parte de la diversidad humana implican que el reconocimiento de la lengua de signos es inseparable del reconocimiento y aceptación de la cultura y la identidad de las personas Sordas. La CRPD reconoce también que la cultura (principio (d), Artículo 30), la identidad (principio (h), Artículos 24 y 30) y la lengua (Artículos 2, 21 y 24) constituyen un triángulo indivisible. La CRPD menciona la lengua de signos en el Artículo 2 - Definiciones; Artículo 9 - Accesibilidad; Artículo 21 – Libertad de expresión y opinión, y acceso a la información; Artículo 24 - Educación; y Artículo 30 – Participación en la vida cultural, las actividades recreativas, el ocio y el deporte.3 La definición de comunicación en el Artículo 2 “incluye las lenguas, la visualización de textos, el Braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida las tecnologías de la información y comunicación accesibles”. La definición de lengua incluye “tanto el lengua oral como la lengua de signos y otras formas de comunicación no verbal” (Artículo 2). Por lo tanto, la lengua de signos se menciona en todos los artículos que se refieren tanto a la “comunicación” como a la “lengua” La CRPD es una herramienta muy poderosa que contribuye al aumento de los derechos humanos de las personas con discapacidad y, los artículos 1 http://www.unicef.org/crc/ 2 http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/econvention.htm 3 The full text of the Convention on the Rights of Persons with Disabilities can be found at http://www.un.org/disabilities/default.asp?id=259 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 9 arriba mencionados, destacan los factores básicos para la protección de los derechos humanos de las personas Sordas. 3.2 Factores básicos para los Derechos Humanos de las Personas Sordas La implementación de cuatro factores fundamentales equivale a la protección de los derechos humanos de las personas Sordas: • Reconocimiento y uso de la/s lengua/s de signos, incluyendo el reconocimiento y el respeto hacia la cultura y la identidad Sorda • Educación bilingüe en la/s lengua/s de signos y la/s lengua/s nacional/es • Accesibilidad en todas las áreas de la sociedad y la vida, incluyendo una legislación que garantice a todos la ciudadanía en igualdad y que prevenga la discriminación • Interpretación de la lengua de signos Tal y como ilustra la Figura 3.1, sin la implementación y la existencia de incluso uno de estos factores, las personas Sordas no serán capaces de disfrutar de sus derechos humanos plenamente. El pleno disfrute de los derechos humanos de las personas Sordas se encuentra únicamente en el núcleo de este modelo, en el que la lengua de signos (incluyendo el reconocimiento y el respeto hacia la cultura y la identidad Sorda) es el factor central. Los círculos que se corresponden con la interpretación de la lengua de signos y la accesibilidad comparten más espacio que el resto de círculos debido a que frecuentemente la accesibilidad depende de la disponibilidad de intérpretes de lengua de signos. La lengua de signos se ubica en el círculo que solapa en mayor medida al resto de círculos. No se puede educar a las personas Sordas sin la lengua de signos, no es posible usar intérpretes de lengua de signos sin conocer la lengua de signos y el acceso a varias áreas de la vida se vería limitado si no existe una comunicación natural y eficiente. Por el mismo motivo, es el círculo correspondiente a la lengua de signos el que tiene la parte más pequeña en la que no comparte su espacio con el resto de círculos. El acceso a la lengua es una condición indispensable para el disfrute de muchos derechos humanos, sin embargo el acceso a determinadas lenguas habladas o a la lengua de signos no se percibe (todavía) como un derecho humano. En el Artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos4 se puede leer: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición” (el uso de la cursiva ha sido incluido por la investigadora). Ni la Declaración de los Derechos Humanos ni la CRPD promulgan el acceso a un idioma específico o individual, ni señalan que la lengua de signos sea un derecho humano; tan sólo afirman que no está permitida la discriminación tomando como base el idioma. En este punto radica la premisa de que todas las lenguas son iguales y que todas las lenguas y sus usuarios deberían ser respetados y protegidos. Cuando a las personas Sordas, cuyo idioma natural es la lengua de signos, se les niega su uso al interrelacionarse con otras personas o sufren discriminación en varias áreas de la vida, por consiguiente se están violando sus derechos 4 El texto íntegro de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se puede encontrar en http://www.un.org/Overview/rights.html Lengua de signos Accesibilidad Educación bilingüe Interpretación Lengua de Signos Figura 3.1 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 10 humanos.5 La lengua de signos es el núcleo central de la vida de las personas Sordas; la lengua de signos hace que la accesibilidad de las personas Sordas sea posible; sin la accesibilidad las personas Sordas estarán aisladas. 3.3 “Personas Sordas y Derechos Humanos” 3.3.1 Falta de datos sobre la situación de las personas Sordas El análisis realizado en este informe se basa en los datos obtenidos a través del Proyecto Preliminar de Educación Global en materia de Derechos Humanos de las Personas Sordas. Esto constituye la base de datos sobre personas Sordas más amplia del mundo sin incluir Europa, EEUU y Canadá. La Federación Mundial de Sordos (WFD), así como otras organizaciones que trabajan con las personas Sordas en los países en vías de desarrollo, reconoce que una amplia mayoría – quizás hasta un 90% - de los niños y adultos Sordos del mundo jamás ha asistido al colegio y son, por lo tanto, analfabetos funcionales. Con frecuencia se ha observado que en muchos países se reprime la lengua de signos y su uso no está permitido en la educación. Como consecuencia de ello, las personas Sordas no son conscientes de sus derechos y viven como un colectivo marginado especialmente en los países en vías de desarrollo. Normalmente, el acceso a la información por parte de las personas Sordas es muy limitado o inexistente, lo que significa que estas personas desconocen incluso lo que sucede en la sociedad inmediata y más aún en el mundo. Aunque estos factores se han observado ampliamente, apenas se dispone de datos o estadísticas de los últimos 20 años sobre la situación de las personas Sordas en las distintas regiones del mundo. Esta falta de datos supone una barrera a la hora de planificar o fijar objetivos para los proyectos de cooperación para el desarrollo de una manera eficiente; así mismo, la falta de conocimiento respecto a la situación de las personas Sordas en cada país y región hace que la educación y la mejora de la sensibilización sean más problemáticas. 3.3.2 Proyecto Preliminar de Educación Global sobre los Derechos Humanos de las personas Sordas La Asociación Nacional de Sordos de Suecia (SDR) ha participado durante décadas en las tareas que favorecen el desarrollo e inició el Proyecto Preliminar de Educación en materia de Derechos Humanos de las Personas Sordas junto con la WFD y con la colaboración de los países nórdicos (Asociación de Sordos de Dinamarca – DDL, Asociación de Sordos de Finlandia – FAD y la Asociación de Sordos de Noruega – NDF). La Asociación de Ayuda Internacional de Organizaciones de Discapacitados de Suecia (Shia) concedió una subvención a la SDR, en la que la WFD figuraba como entidad colaboradora, para realizar un proyecto preliminar de investigación en las siete regiones de la WFD. Los miembros del Comité de Dirección del Proyecto fueron el Sr. Tomas Hedberg, SDR; Sr. Feliciano Sola Limia, WFD; Sra. Nanny Nordström, WFD; Sra. Meri Hyrske-Fischer, WFD; y la Sra. Anneli Joneken, Shia. La SDR y la WFD se pusieron en contacto con la FAD para que ésta nombrase a un coordinador del proyecto; posteriormente se contrató al Sr. Colin Allen para llevar a cabo esta función desde julio de 2007 hasta diciembre de 2008 en las siguientes siete regiones: • Secretaría Regional de la WFD para Europa del Este y Asia Media (WFD EEMARS) • Secretaría Regional de la WFD para Asia y el Pacífico (WFD RSA/P) • Secretaría Regional de la WFD para América del Sur(WFD RSSA) • Secretaría Regional de la WFD para México, América Central y el Caribe (WFD MCAC) • Secretaría Regional de la WFD para África del Este y del Sur (WFD RSESA) • Secretaría Regional Interina de la WFD para la Región de África Occidental y Central (WFD WCAR) • Secretaría Regional Interina de la WFD para la Región Árabe (WFD RSAR) Los objetivos de la encuesta preliminar eran: • Recopilación de datos del análisis de la situación de las personas Sordas en cada una de las siete regiones a través de un cuestionario común. 5 A partir de este escrito, la WFD trata de influir en la visión que tiene la ONU respecto a los usuarios de lengua de signos. Por ejemplo, durante el primer Foro de la ONU sobre Cuestiones de las Minorías (diciembre 2008) el Presidente de la WFD, Sr. Jokinen, destacó en sus declaraciones que los usuarios de la lengua de signos deberían ser reconocidos como una minoría lingüística al igual que los ususarios de las lenguas orales minoritarias. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 11 • Elaboración de la documentación de evaluación de la aptitud de las organizaciones nacionales y la estructura regional de cada región • Elaboración de los materiales formativos y la metodología • Elaboración de un plan educativo para cada región • Recopilación de un plan de formación global sobre derechos humanos que servirá de base para una solicitud de proyecto completa Los datos que se presentan y analizan en el informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” son producto de la información recopilada gracias a un cuestionario común6 y los informes desarrollados para cada una de las siete regiones. Europa oriental y América no son consideradas como regiones oficiales dentro de la WFD y por lo tanto no se han incluido en este estudio. El objetivo principal del proyecto preliminar eran las personas Sordas en los países en vías de desarrollo. Este informe destaca la situación de las regiones integradas por un gran número de países en vías de desarrollo. En cada una de las siete regiones se nombró a un coordinador regional Sordo y se creó un grupo de trabajo regional. Los coordinadores regionales se encargaron de establecer el contacto con los miembros regionales y de planificar la reunión del grupo de trabajo regional. Los miembros Sordos de los grupos de trabajo regionales se encargaron asimismo de confirmar la recepción de los resultados del informe a medida que los países encuestados los enviaban. El coordinador del proyecto elaboró el cuestionario y además se puso en contacto con la Presidenta de la Asociación Mundial de Intérpretes de Lengua de Signos (WASLI) para contar con su asesoramiento en aquellas cuestiones importantes relativas al estatus de los servicios de interpretación de lengua de signos. El Comité de Dirección del Proyecto aprobó las preguntas incluidas en el cuestionario, esto es, un total de 126 preguntas sobre los siguientes temas: antecedentes de la organización encuestada, población Sorda nacional, legislación y políticas, acceso a los servicios del gobierno, acceso a los medios de comunicación, situación de las lengua/s de signos nacional/es, acceso a la educación, servicios de interpretación de lengua de signos y empleo. El cuestionario estaba disponible en inglés, ruso, español, francés, árabe e internacional. El cuestionario se envió a los Miembros Ordinarios de la WFD (MMOO) en las siete regiones y a las organizaciones que se supone que representan a las personas Sordas en aquellos países en los que no hay un MO de la WFD. En algunos países, la falta de respuesta por parte de la organización principal (MO WFD) nos llevó a contactar con otras organizaciones de esos países que finalmente sí respondieron. El cuestionario se envió a las organizaciones y/o asociaciones en 123 países y respondieron 93 organizaciones/asociaciones7. Se elaboró un informe por cada una de las siete regiones. Los informes regionales pueden descargarse de la página web de la WFD: www.wfdeaf.org/projects.html 3.3.3 Evaluación de las respuestas a la encuesta preliminar La amplia variedad geográfica, cultural, social y lingüística de los países que participaron en la encuesta ha reducido probablemente tanto la validez como la fiabilidad de algunas preguntas y respuestas. Sin embargo, los coordinadores y los grupos de trabajo regionales mediaron con los encuestados actuando como agentes conocedores de su realidad cultural y ofreciéndoles asesoramiento. Una de las tareas de los coordinadores regionales consistió en recordar y animar a los países a completar el cuestionario. A continuación, los miembros de los grupos de trabajo regionales, quienes habían ampliado las redes de trabajo en sus regiones además de conocer de primera mano la situación en gran parte de los países encuestados, pudieron revisar por segunda vez las respuestas recibidas durante la reunión que celebraron una vez recopilados todos los cuestionarios. La utilización de un cuestionario común para todos los países y regiones, así como un sistema de coordinadores y grupos de trabajo regionales, ha contribuido probablemente a mantener la fiabilidad dentro de un nivel aceptable en la mayoría de las preguntas. 6 El cuestionario se adjunta como Apéndice 1. 7 En el Apéndice 2 se adjunta una lista detallada de los países encuestados y el nombre de la asociación u organización encuestada en cada país. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 12 Incluso es posible que el nivel de actividad individual de los coordinadores regionales influyera en los porcentajes de las respuestas. Además, es preciso mencionar que las personas que contestaron a las preguntas y los grupos de trabajo regionales pertenecen a un reducido grupo privilegiado puesto que saben leer y escribir aparte de conocer y tener acceso a recursos que otras personas Sordas desconocen. Aún así, la mayoría de preguntas señalan únicamente la mera existencia de un servicio o legislación y aportan escasa o ninguna información sobre la calidad o implementación de dicho servicio o legislación. La percepción de los encuestados respecto al “acceso”, la sensibilización hacia los derechos humanos de las personas Sordas y los recursos generales influyeron también en las respuestas. Por ejemplo, en las respuestas a la pregunta sobre el acceso a la educación superior: Australia, donde la mayoría de universidades ofrecen intérpretes de lengua de signos, respondió que las personas Sordas no tienen acceso pleno a los servicios de estos profesionales; sin embargo, en otros países en los que los recursos son escasos y en los que se puede disponer de intérpretes sólo si los proporciona la universidad o en el caso de que se realice un curso determinado, los encuestados respondieron que las personas Sordas sí tienen acceso. Es muy probable que las respuestas a las preguntas muestren en algunos casos una imagen de la situación demasiado positiva en lugar de negativa. Igualmente, los grupos de trabajo regionales indicaron que algunos países podrían haber dado una respuesta demasiado positiva por temor a recibir represalias por parte de sus gobiernos si reflejaban la situación real. Las respuestas a las preguntas relativas a la existencia de un servicio, institución o legislación en particular muestran unas pautas coherentes y es probable que en su mayoría sí reflejen la situación actual en los países encuestados. Las respuestas a las preguntas sobre la calidad de los servicios, las cifras o estadísticas, muestran poca o ninguna lógica inherente. Por lo tanto, no se han incluido en el presente informe las cifras (por ejemplo el número de escuelas, los porcentajes de empleo y desempleo y de población) proporcionadas por los países encuestados ni su evaluación cualitativa de los distintos servicios (exceptuando los datos relativos al nivel de alfabetización), aunque sí se pueden encontrar en los informes regionales individuales. Por último, el cuestionario incidió en el papel de los servicios gestionados por el gobierno. Los servicios e instituciones gestionadas por entidades privadas u ONGs deberían ser excluidas por consiguiente de las respuestas, incluso en el caso de que estos servicios e instituciones tengan una influencia considerable sobre las vidas de las personas Sordas. No es aconsejable generalizar respecto a las áreas específicas o los servicios que se ofrecen a las personas Sordas en los países que no respondieron al cuestionario; esto es debido en parte a la falta de datos. Precisamente la ausencia de información y la falta de servicios han podido ser los causantes de que algunas asociaciones se abstuviesen de responder, y es probable que la situación sea peor en los países que no respondieron que en aquellos que sí lo hicieron. 3.3.4 Metodología y análisis del informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” El presente informe no ofrece una visión general exhaustiva sobre la situación de las personas Sordas en el mundo ni tampoco un análisis minucioso de los datos recogidos a través del proyecto preliminar. Se contrató a una investigadora externa (Haualand) para realizar el análisis definitivo de los informes regionales, y el coordinador del proyecto Preliminar de Educación Global (Allen) desempeñó la labor de ayudante de la investigadora. La investigadora externa no participó en el estudio preliminar y tampoco hizo ningún comentario respecto de las preguntas realizadas, los métodos empleados para la recopilación de datos o las conclusiones de los informes regionales. Los análisis se basan en los siete informes regionales, los datos/las respuestas sin procesar, la información disponible y las conversaciones mantenidas con el coordinador del proyecto y la Secretaría General de la WFD, además de unos cuantos recursos online. El formato de este informe difiere del formato de los siete informes regionales ya que éstos aportan descripciones detalladas de los datos recopilados. El informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” presenta un análisis marcado por los principios de los artículos seleccionados en la CRPD. Se han unido las respuestas a los distintos temas del cuestionario y los informes regionales con el fin de mostrar los factores que influyen en la violación o respaldo en favor de los derechos humanos de las personas Sordas. El énfasis en el análisis se centra en la existencia de una ley o servicio. Tan sólo en determinados casos se discute la calidad de la legislación o el servicio, en parte porque los encuestados mostraron una perspectiva cultural y unos recursos muy variados a la hora de aportar su evaluación cualitativa. Las conclusiones obtenidas en el presente informe pueden ser distintas a las reflejadas en los informes regionales. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 13 3.3.5 Agradecimientos Por su apoyo en la elaboración de este informe, la investigadora y el ayudante de la investigadora desean expresar su agradecimiento a la Asociación de Sordos de Noruega y su Secretario General, Sr. Paal Richard Peterson, por aportar los recursos materiales y su inestimable asesoramiento durante los análisis estadísticos; a la Sra. Corrie Tijsseling, el Dr. Yerker Andersson y el Sr. Markku Jokinen por sus referencias y comentarios críticos; a la Secretaría General de la WFD, especialmente a la Sra. Meri Hyrske-Fischer y la Sra. Laura Pajunen, por sus comentarios generales y la aportación de varios documentos; a la Sra. Liz Scott Gibson por sus aportaciones al apartado relativo a los accesos a los servicios de interpretación de lengua de signos; y a la Sra. Carol-lee Aquiline por la edición en inglés del presente documento. Por la producción del DVD y las versiones web del informe, deseamos transmitir nuestro agradecimiento al equipo de producción compuesto por la Sra. Vera Jovanović, Sr. Slobodan-Boba Milošević y la Sra. Desanka Žižić por su excelente videografía; la Sra. Vivien Batory por su colaboración con el coordinador del proyecto durante la traducción y grabación de la versión en Internacional (SI); y a Schwung por patrocinar el espacio y por el ancho de banda para el informe en SI. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 14 4. Encuestados 4.1 Auto-representación en la toma de decisiones La CRPD indica que “las personas con discapacidad deben tener la oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y programas, incluidos los que les afectan directamente” (Preámbulo (o)). Adoptar las decisiones adecuadas en nombre de las personas Sordas; es crucial que las propias personas Sordas lideren los procesos de toma de decisiones, incluyendo una representación mayoritaria en los órganos de gobierno de sus propias organizaciones. Las asociaciones nacionales de personas Sordas son las entidades que mejor conocen los retos a los que se enfrentan las personas Sordas así como la mejor manera para resolver sus asuntos y mejorar la vida de las personas Sordas. 4.1.1 Representación de personas Sordas entre los encuestados Como suele ser habitual, las personas Sordas son las que mejor pueden aportar una visión de conjunto sobre otras personas Sordas, por lo tanto, resultó muy importante que la encuesta preliminar recibiese el mayor número de respuestas posible de las asociaciones de personas Sordas (lideradas por Sordos) no de las asociaciones para personas Sordas (lideradas normalmente por personas oyentes con intereses secundarios y sin conocimiento acerca de la vida de las personas Sordas). Se tomaron como referencia los afiliados a la WFD para conocer la naturaleza de los encuestados, puesto que sólo pueden optar a la categoría de Miembros Ordinarios (MMOO) de la WFD8 las organizaciones nacionales de personas Sordas con una clara mayoría de miembros Sordos con derecho a voto, un órgano de gobierno compuesto en su mayoría por personas Sordas y con objetivos similares a los de la WFD. De los 123 cuestionarios enviados, 89 fueron remitidos a los MMOO de la WFD y 34 a entidades que no son miembros. Se recibieron las respuestas por parte de 68 MMOO y de 25 entidades no afiliadas. Esto indica un porcentaje de respuesta del 76% de los miembros de la WFD y un 74% de los que no son miembros. Este porcentaje es muy elevado, considerando la diversidad lingüística y cultural, una estructura poco consolidada y la limitada capacidad (tanto personal como económica) de muchos encuestados. 4.1.2 No-encuestados En seis regiones la tasa de organizaciones que no respondieron osciló entre una y tres, mientras que en la región de Asia/Pacífico tan sólo 14 de las 28 organizaciones devolvieron los cuestionarios enviados. Se entiende que los principales motivos por los que no se recibieron respuestas fueron debidos a que esas organizaciones se encontraban inactivas o disueltas, por motivos políticos (violencia o conflictos) y causados por barreras lingüísticas (sobre todo en la región de Asia/Pacífico donde el cuestionario sólo se envió en inglés e internacional). Los grupos de trabajo señalaron también que era posible que alguno de los países que no participó se sintiese incapaz de responder a las preguntas y que por ello se abstuvieron. Probablemente la situación de las personas Sordas y sus derechos humanos sea peor en aquellos países que no respondieron que en aquellos que sí lo hicieron. 8 Estatutos de la WFD Diagrama 4.1 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 15 4.2 Clasificación económica Basándonos en las definiciones del Banco Mundial, se emplearon cuatro clasificaciones9 para el presente análisis: ingresos bajos (B), ingresos medio bajos (MB), ingresos medio altos (MA) e ingresos altos (A). Según estas definiciones, más de dos tercios de los encuestados se clasifican como países de ingresos bajos (34) o medio bajos (32), mientras que 17 pertenecen a la categoría de ingresos medio altos y 10 a la de ingresos altos. 4.3 Población Sorda Se preguntó a los encuestados si disponían de algún dato oficial del número de personas Sordas en su país o si las asociaciones tenían alguna cifra oficial o aproximada de las personas Sordas de su país. Las respuestas recibidas no fueron fidedignas. Las cifras se referían a datos en los que estaban incluidas todas las personas con una pérdida auditiva tanto profunda como leve (incluso aquellas personas con una pérdida auditiva condicionada por la edad) o, en otros casos, el número de personas Sordas coincidía con el número de afiliados a la asociación de Sordos de ese país. Casi ningún país pudo aportar una cifra fiable de la población sorda de su país. Sin embargo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que aproximadamente unos 59 millones de personas (el 0,9% de la población total) en todo el mundo sufren una pérdida auditiva clasificada como severa o grave (pérdida de 61 dB o más) (OMS 200510). El ochenta por ciento, o 47 millones, de éstos viven en países en vías de desarrollo11. El porcentaje actual de personas sordas probablemente varíe en los distintos países; hay factores externos como las enfermedades, accidentes o el entorno que pueden causar al menos el 50% de las pérdidas auditivas y lo más probable es que éstas se den en los países en vías de desarrollo. La falta de fiabilidad en las respuestas relativas a la población hace que resulte difícil, si no imposible, evaluar los datos relativos al género y la edad o saber si el número de escuelas para Sordos en un país en particular refleja la población de alumnos Sordos (no hay información sobre el número de alumnos matriculados en estas escuelas), ni el porcentaje de (des)empleo entre las personas Sordas o si el número (la oferta) de intérpretes de lengua de signos (titulados o no) cubren las necesidades de cada país. Sin embargo, a partir de las observaciones realizadas por la WFD, las asociaciones nacionales de personas Sordas y de otras organizaciones, se deduce que hay muy pocas escuelas para Sordos, unos niveles muy altos de analfabetismo y desempleo, y escasez de intérpretes de lengua de signos. Al no disponer de estadísticas sobre las personas Sordas, resulta complicado llevar a cabo una planificación y dimensionar de manera razonable los servicios destinados a las personas Sordas. Basándonos en una observación general, en la mayoría de países las personas Sordas apenas disponen de servicios. 9http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/DATASTATISTICS/0,,contentMDK:20420458~menuPK:64133156~pagePK:6 4133150~piPK:64133175~theSitePK:239419,00.html 10 “Prevalencia mundial estimada de la discapacidad auditiva por sexo y nivel de gravedad, 2005”, tabla enviada por email a la WFD por el Dr Young-Ah Ku, Oficial Médico, OMS, 26 de enero de 2009 11 Nota descriptiva nº 300 de la Organización Mundial de la Salud, Sordera y discapacidad auditiva, 2006. Diagrama 4.2 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 16 4.4 Perspectiva médica y social Para muchas personas, el término ‘sordo’ se refiere simplemente a una persona que no puede oír. Sin embargo, la (in)capacidad de oír parcial o totalmente tiene unas implicaciones sociales y lingüísticas fundamentales, afecta seriamente al modo de relacionarse con los demás y no está necesariamente relacionada con el grado de pérdida auditiva. No se pueden ignorar los aspectos culturales y sociales ligados a la sordera cuando se trabaja para garantizar los derechos humanos de las personas Sordas. Las personas Sordas crean continuamente comunidades nacionales y regionales basadas en la comunicación en lengua de signos y poseen un legado de interacción internacional que ha evolucionado a lo largo de los siglos. Esta tradición aparece recogida en el Artículo 30 (4) de la CRPD “Las personas con discapacidad tendrán derecho, en igualdad de condiciones con las demás, al reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de signos y la cultura sorda” (el uso de la cursiva ha sido incluido por la investigadora). En el caso del inglés el uso de la palabra ‘sordo’ en minúsculas hace referencia a una característica física (por ejemplo la incapacidad física para oír), mientras que el término ‘Sordo’, en mayúsculas, se usa habitualmente para referirse a los aspectos culturales y lingüísticos ligados a la condición de ser sordo; de todos modos, no siempre está clara la distinción entre ambos conceptos. No disponemos de sugerencias o indicios formales sobre el número de personas usuarias o conocedoras de una o más lenguas de signos, o que se beneficiarían del aprendizaje de dicha lengua. En general, las lenguas de signos no están ampliamente reconocidas como la lengua natural y evidente de todas aquellas personas con una pérdida auditiva entre moderada y profunda. En la nota descriptiva de la OMS sobre pérdida auditiva, las lenguas de signos tampoco se consideran como una posible herramienta que puede contribuir a la mejora de la vida de las personas Sordas, hecho que contradice el artículo 30 (4) de la CRPD citado anteriormente. Dado que las lenguas de signos son lenguas naturales, se debe dar por sentado que todas las personas se pueden beneficiar del conocimiento de una o más lenguas de signos. En el caso de las personas con pérdida auditiva (de moderada a severa) que conocen la lengua de signos y son capaces de comunicarse gracias a ella, no estamos hablando simplemente de una cuestión de beneficio personal, sino que se trata principalmente de la posibilidad de disfrutar de sus derechos humanos además de contribuir y participar en las comunidades en las que viven, ya que las lenguas orales normalmente o mayoritariamente son inaccesibles e insuficientes para establecer una comunicación con otras personas. La falta de reconocimiento, de concienciación y el acceso limitado a la educación en lengua de signos indican que la población actual usuaria de la lengua de signos representa simplemente una fracción de todas aquellas personas cuya calidad de vida mejoraría notablemente y que podrían disfrutar de sus derechos humanos en mayor medida si les concediesen el acceso a la lengua de signos. 4.5 Organizaciones encuestadas por regiones Existen algunas diferencias regionales entre el grado de autogobierno de las personas Sordas dentro de sus organizaciones. Las tablas que aparecen a continuación muestran, por regiones, el grado de autonomía de las organizaciones (entendiendo autonomía tal y como se requiere entre los afiliados a la WFD: si hay una mayoría de integrantes Sordos en su junta y si la persona al mando es Sorda o no); si cuentan con el reconocimiento de su gobierno nacional para asumir la representación de las personas Sordas en su país, y si mantienen algún tipo de contacto con el gobierno actual de sus país. Por cada respuesta afirmativa se suma un punto; las respuestas negativas contabilizan cero puntos. La puntuación máxima posible es de cinco puntos, lo que indicaría que la organización está liderada por Sordos y que mantiene contacto con el gobierno de su país. La naturaleza o frecuencia del contacto establecido con el gobierno no aparece reflejada en los diagramas. Los números al lado de los nombres de los países indican el año de creación, y las letras entre paréntesis muestran la categoría según el Banco Mundial (Alto – A (H), Medio alto – MA (UM), Medio bajo – MB (LM) o Bajo – B (L). Los números que aparecen al lado de las preguntas en la leyenda de la derecha se refieren al número de la pregunta en el cuestionario. Los países que no son miembros se muestran en el lado derecho del diagrama para el caso de las regiones en las que no había miembros entre sus encuestados; se ha dejado un ligero espacio entre los que son miembros y no lo son. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 17 Europa del Este y Asia Media (EEMARS) Diagrama 4.3 Las ocho organizaciones encuestadas en la región de EEMARS están lideradas por personas Sordas y todas, excepto Armenia, mantienen algún tipo de contacto con el gobierno actual. Las organizaciones de estos países son relativamente antiguas, de hecho la más reciente se fundó en 1940 (Moldavia). El contacto más habitual con el gobierno de esta región se establece a través de la afiliación o representación en los consejos nacionales de la discapacidad. Asia y el Pacífico (RSA/P) Diagrama 4.4 Diez de los 14 encuestados de la RSA/P son miembros de la WFD, los cuatro restantes no. Tan sólo uno de los encuestados que no son miembros alcanza los tres puntos, siendo ésta también la mínima puntuación en el caso de los miembros de la WFD. No todas las asociaciones respondieron a todas las preguntas, por lo tanto no queda claro si las organizaciones con la puntuación más baja están realmente lideradas por personas oyentes o si hay otros motivos por los que no puntuaron. Las asociaciones más antiguas se encuentran en Corea del Sur y Japón. Algunas asociaciones tienen representación en los consejos nacionales de discapacidad, desempeñan el papel de asesores ante los ministerios del gobierno, los departamentos o los proyectos relacionados con la discapacidad, son miembros de comités o participan en programas y proyectos relacionados con la educación especial, la interpretación y otros servicios. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 18 Sudamérica (RSSA) Diagrama 4.5 En esta región los nueve encuestados son miembros de la WFD y todas las juntas están integradas por una mayoría Sorda. Todas las entidades excepto una (Perú) cuentan con el reconocimiento de su gobierno como representantes de las personas Sordas, y seis de ellas mantienen contacto con el gobierno actual de su país. Tres cuentan con representación en los comités nacionales de discapacidad; Colombia también participa y aporta su opinión en todos los círculos democráticos en los que se aborden asuntos relacionados con la comunidad Sorda. Aunque todas las asociaciones están lideradas por personas Sordas, tan sólo cinco respondieron que la persona encargada es Sorda. Sin embargo, en esta región se intuye cierta tendencia puesto que sólo respondieron a esta pregunta las entidades con miembros asalariados y no se contabilizaron a los responsables (Sordos/as) voluntarios. Las respuestas de Chile fueron facilitadas por una delegación local (en Santiago capital) de la asociación nacional de personas Sordas que se disolvió en 2008. Los años de fundación de las asociaciones abarcan desde la más antigua ubicada en Chile (1926) hasta la más reciente en Venezuela (1989). México, América Central y el Caribe (MCAC) Diagrama 4.6 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 19 De los 12 países encuestados en la región de MCAC, ocho son miembros de la WFD y los otros cuatro no. Tan sólo tres países alcanzaron los cinco puntos. Todas las asociaciones excepto dos (República Dominicana y Surinam) mantienen algún tipo de contacto con el gobierno actual y todas, excepto Surinam, cuentan con el reconocimiento de sus gobiernos como las entidades que representan a las personas Sordas. Según las respuestas, los principales tipos de contacto establecidos con el gobierno son los consejos nacionales de discapacidad, a través de los informes por y para los diferentes ministerios y la gestión de proyectos. La asociación más antigua se encuentra en Costa Rica y la más reciente se estableció en Surinam en el año 2008. África del Este y del Sur (RSESA) Diagrama 4.7 Los 19 encuestados de la región de la RSESA poseen un alto nivel de autodeterminación y reconocimiento gubernamental. Tan sólo las organizaciones de Botsuana y Seychelles carecen de reconocimiento por parte de sus gobiernos. Cuatro de los encuestados no mantienen contacto con su gobierno actual. De las 15 entidades que confirmaron que la persona encargada era Sorda, ocho especificaron que éstas ocupan un puesto asalariado. Las organizaciones que mantienen contacto con el gobierno mencionaron su relación con varios ministerios, la participación en los consejos nacionales de discapacidad y en diferentes proyectos sobre lengua de signos, empleo y servicios sociales. Uganda y Sudáfrica tienen un representante Sordo en sus respectivos parlamentos. La asociación más antigua de toda la región se encuentra en Sudáfrica (1929); algunas se establecieron a principios de los setenta, aunque en su mayoría fueron creadas a partir de 1989 coincidiendo con los últimos años de la Década de la ONU de Personas Discapacitadas. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 20 África Occidental y Central (WCAR) Diagrama 4.8 Tan sólo dos de los 16 encuestados obtuvieron la máxima puntuación en cuanto al grado de autodeterminación así como por el reconocimiento y el contacto con el gobierno; ambos son miembros de la WFD. Tres de los encuestados no son miembros de la WFD. Tan sólo Guinea y Senegal no mantienen contacto con su gobierno actual, los demás mencionan algún tipo de contacto con diferentes ministerios (habitualmente con los de empleo, asuntos sociales y educación) o a través de diferentes iniciativas en materia de discapacidad. Esta es la región con el nivel más elevado de países con Ingresos Bajos según el Banco Mundial. Tal y como se podrá observar en posteriores apartados centrados en la educación y accesibilidad/interpretación de lengua de signos, las asociaciones de estos países se enfrentan a retos muy severos y carecen de acceso y servicios para las personas Sordas. La organización más antigua está en la región de Nigeria y la más actual es la asociación de Burkina Faso, creada en 2007. Región Árabe (RSAR) Diagrama 4.9 Esta es la región con el menor número de miembros de la WFD entre los encuestados. Tan sólo 3 de los 15 encuestados son miembros de la WFD, y siete están liderados por personas sordas. Cuatro de ellos tienen a una persona Sorda encargada. Cinco de las organizaciones cuentan con el reconocimiento del gobierno como la entidad que representa a las personas Sordas y parece que Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 21 las que mantienen un contacto con el gobierno actual no cuentan con una mayoría Sorda ni tienen poder de decisión. El contacto con el gobierno se centra principalmente en el respaldo económico para el desarrollo de las distintas actividades y las reuniones periódicas. Kuwait es la única asociación de esta región que está totalmente liderada por Sordos y que mantiene además contacto con el gobierno actual. Además es la segunda asociación más antigua de esta región; la asociación más reciente es la de Palestina (2008). El encargado de responder al cuestionario en los Emiratos Árabes Unidos fue un departamento del gobierno para la discapacidad, por consiguiente la pregunta relativa al año de fundación de la entidad no se pudo aplicar en este caso. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 22 5. Igualdad y Lengua de Signos ”Si reconozco la lengua de una persona, estoy reconociendo a la propia persona. Pero si rechazo una lengua, también rechazo a la persona, porque la lengua es parte de uno mismo.” (Terje Basilier, 1974)12 5.1 Artículo 21 Libertad de Expresión y Opinión; y Artículo 29 Participación en la Vida Pública y Política La cita anterior, del Dr. Terje Basilier (1921-1974), resume el mensaje principal del Artículo 21 Libertad de expresión y opinión y acceso a la información, de la CRPD. “Los Estados Partes adoptarán todas las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante cualquier forma de comunicación que elijan”, incluyendo entre otras “Aceptar y facilitar la utilización de la lengua de signos, el Braille, los modos, medios, y formatos aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales” (Artículo 21 (b)) y “Reconocer y promover la utilización de lenguas de signos.” (Artículo 21 (e)) (el uso de la cursiva ha sido incluido por la investigadora). No es casualidad que el reconocimiento y fomento del uso de la lengua de signos se incluya en el Artículo sobre la libertad de expresión y opinión ya que las lenguas de signos son las únicas que permiten a las personas Sordas expresar espontánea y libremente sus ideas así como recibir la información que les servirá de fundamento para elaborar sus propias ideas de una manera independiente. La libertad de expresión y opinión está fuertemente vinculada al Artículo 29 sobre la participación en la vida política y pública que declara lo siguiente “Los Estados Partes garantizarán a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás”. Esto incluye, entre otros, el derecho a votar y participar en la dirección de los asuntos públicos. Además, la CRPD incide en que no se deberá aceptar la discriminación por motivos de discapacidad y en que las personas con discapacidad son y deberán ser reconocidas como ciudadanos con los mismos derechos y la misma dignidad en todos los países del mundo. 5.2. Ciudadanos en igualdad Siendo éste el mensaje fundamental y más relevante de la CRPD, el número de encuestados que considera que en sus países las personas Sordas no son reconocidas como ciudadanos en igualdad es bastante elevado. Los 19 países que respondieron que las personas Sordas no cuentan con dicho reconocimiento son: Armenia, Bolivia, Cabo Verde, Chile, Eritrea, Haití, Laos, Madagascar, Marruecos, Mozambique, Myanmar, Nepal, Palestina, Qatar, Seychelles, Corea del Sur, Surinam, Suazilandia y los Emiratos Árabes Unidos. Sin embargo, la mayoría de los grupos de trabajo regionales considera que hay más países aparte de estos en los que no se reconoce a las personas Sordas como ciudadanos en igualdad, pero que es posible que los encuestados no entendiesen bien la pregunta y por ello respondieron ‘sí’ en lugar de ‘no’. La preocupación general es la falta de una legislación que reconozca explícitamente que todas las personas, incluidas las personas con discapacidad y/o las personas Sordas, son ciudadanos con los mismos derechos. Es posible argumentar que cuando la legislación o un decreto en materia de ciudadanía no van dirigidos a ningún colectivo en particular, no están excluyendo a ningún colectivo. Pero, si una ley excluye directa o indirectamente, o deja a determinados grupos en una posición de desventaja, esto sí afecta al estatus de estos colectivos como ciudadanos en igualdad. En Egipto, las personas Sordas no pueden votar y en Arabia Saudí son las mujeres Sordas las que carecen de este derecho; es preciso preguntarse si las personas Sordas de estos países son reconocidas como ciudadanos en igualdad. Cuando no existe una 12 Traducción de la investigadora de una cita en noruego emitida en un programa de televisión sobre la Lengua de Signos Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 23 protección general o una declaración del estatus de igualdad de todos los ciudadanos, las minorías y otros grupos vulnerables se encontrarán frecuentemente en desventaja. No sólo se verá afectado el derecho a participar en la vida política y pública sino que influirá en otras áreas de la vida como la libertad de movimiento (ej.: el derecho a obtener el carné de conducir) o el permiso para establecer una familia. El Diagrama 5.1 muestra que estos derechos no son evidentes en la mayoría de los países encuestados. La información contenida en el diagrama 5.1 se presenta a nivel regional, no nacional. Los números entre paréntesis tras el nombre de las regiones corresponden al número de encuestados en cada región. El resto de números representan la cantidad de respuestas afirmativas dentro de cada categoría o pregunta. Diagrama 5.1 5.2.1 Derecho a voto Las personas Sordas pueden votar en todos los países encuestados excepto en tres. Egipto es el único país que dice que no está permitido que las personas Sordas voten, mientras que Cabo Verde y Myanmar no respondieron a la pregunta sobre si las personas Sordas tienen derecho a votar en las elecciones nacionales, regionales y locales. En Arabia Saudí sólo pueden votar los hombres y no las mujeres; esto también se aplica a las personas Sordas. Tal y como se mostrará en el diagrama 7.1, dentro del apartado siete sobre Accesibilidad, hay muy poca información disponible en lengua de signos respecto a los medios de comunicación y el gobierno, y en las reuniones con gran afluencia de público o las campañas de un candidato raramente se dispone de intérpretes de lengua de signos. Dado que se debe asumir que la mayoría de personas Sordas son total o parcialmente analfabetas (ver apartado 6, párrafo 6.3.3 sobre la baja calidad educativa), la información que aparezca por escrito tanto en periódicos como en panfletos, será de escasa utilidad. Además, hay muy pocos programas de televisión que estén subtitulados. Aunque de manera formal no es habitual que se le deniegue el derecho a voto a las personas Sordas, tampoco se les concede la oportunidad de tomar decisiones de manera independiente y con la suficiente información durante las elecciones políticas. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 24 5.2.2 Obtención del carné de conducir En un tercio de los países encuestados, las personas Sordas no tienen permitido obtener el permiso de conducir. Parece, sin embargo, que en todos estos países tampoco hay ninguna ley que diga explícitamente que las personas Sordas no pueden obtener el carné de conducir. Los principales obstáculos suelen ser los prejuicios y la práctica común de las autoridades de tráfico u otras instituciones encargadas de emitir los permisos de conducir y la formación a los futuros conductores. No existen datos que indiquen que los conductores Sordos supongan una amenaza para el resto de conductores en aquellos países en los que sí está permitido que las personas Sordas obtengan el carné de conducir, ni tampoco que éstos se vean involucrados en más accidentes o daños que el resto de la población. Si a las personas Sordas se les niega el derecho a obtener el permiso de conducir sus oportunidades laborales se verán limitadas además de su libertad de movimiento y de acceso a varios aspectos sociales y a la vida en general. 5.2.3 Matrimonio, hijos y educación El Artículo 23 ‘Respeto por el hogar y la familia’ de la CRPD subraya el derecho de las personas con discapacidad a casarse y a la paternidad. Las personas Sordas tienen derecho a casarse con otras personas Sordas u otras parejas en todos los países encuestados excepto en dos. Cabo Verde y Myanmar fueron los únicos países que no facilitaron información sobre esta cuestión. En todos los países excepto en Benin y Cabo Verde los encuestados respondieron que sí está permitido que las personas Sordas tengan hijos. Benin y Cabo Verde no facilitaron información sobre este asunto. Setenta de los 93 países encuestados afirmaron que las personas Sordas tienen derecho a adoptar niños. Ocho países respondieron que la adopción no está permitida para determinadas personas Sordas sin embargo no aportaron información sobre las prohibiciones legales que así lo especifican. Simplemente señalaron que se trataba de algo “que no sucedía” o que la adopción en general no era una práctica común en su país. El resto de países no facilitó ninguna información sobre si las personas Sordas podían adoptar o bien no conocía la respuesta. Si la información de la que se dispone es correcta, parece que hay pocos países que nieguen a las personas Sordas el derecho a establecer una familia. Es importante no olvidar que muchas comunidades y familias conciben la sordera como un castigo o una vergüenza y que esto les lleve a no fomentar o permitir que los miembros Sordos de su familia se casen o establezcan su propia unidad familiar. Además, las personas Sordas tienen pocas oportunidades para percibir unos ingresos que les permitan establecer y sostener una familia. Desde el momento en el que a las personas Sordas se les niega el acceso a la lengua y la educación, se está contribuyendo a que sean una carga para su familia en lugar de concederles la capacidad de sostener su propia familia. Por consiguiente, la falta de educación y de acceso a una lengua afecta no sólo a las personas Sordas como individuos sino a todas las familias y comunidades. 5.3 Reconocimiento de la Lengua de Signos Una de las cuestiones que han surgido es si la igualdad en términos de ciudadanía es real o simplemente formal. Parece que dicha igualdad se refleja únicamente sobre el papel, pero no llega a ser algo que las personas Sordas experimenten en la práctica. Tal y como se ha señalado anteriormente en este capítulo, la CRPD subraya que la ciudadanía plena incluye “la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información e ideas en igualdad de condiciones con las demás y mediante cualquier forma de comunicación que elijan”. Las medidas que se deben adoptar para asegurar este derecho a las personas Sordas no consisten únicamente en aceptar y facilitar el uso de la lengua de signos, sino también en reconocer y promover su uso (Artículo 21 (b y e)). Las personas Sordas no tienen acceso a suficiente información por lo tanto no pueden tomar decisiones fundamentadas, formarse una opinión independiente ni expresarse adecuadamente sin el uso de la lengua de signos. Los mensajes auditivos y orales son inaccesibles para las personas con escasa o ninguna audición; la información por escrito será accesible únicamente para las personas que sepan leer y escribir (lo que requiere una educación adecuada, que muchos Sordos no poseen – confróntese el apartado seis sobre educación). No es posible que una persona exprese sus opiniones y pensamientos sin una lengua la cual esté predispuesto a aprender y dominar de una manera eficiente y natural y, para las personas Sordas, las únicas lenguas plenamente accesibles de manera natural son las lenguas de signos. Por lo tanto, es necesario reconocer y promover el uso de las lenguas de signos con el fin Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 25 de garantizar el cumplimiento del derecho fundamental de libertad de expresión y opinión en favor de las personas Sordas. Decir ‘sí’ a la lengua de signos es decir ‘sí’ a las personas Sordas, sin embargo si se dice ‘no’ es lo mismo que decir ‘no’ a las personas Sordas y a su oportunidad de disfrutar de su ciudadanía en igualdad. El reconocimiento de la lengua de signos implica también decir ‘sí’ a la identidad lingüística y cultural de las comunidades Sordas ya que la cultura y la identidad son parte de una lengua. 5.3.1 Lengua de Signos en la legislación A pesar de que 74 encuestados respondieron que el gobierno de su país reconoce a las personas Sordas como ciudadanos en igualdad, tan sólo 44 países cuentan con algún tipo de reconocimiento oficial de la/s lengua/s de signos nacional/es. El nivel de presencia en la legislación abarca desde la mención de la lengua de signos en una directriz oficial hasta la posesión de un estatus constitucional. Región Constitución Legislación Política Directriz Otro Países encuestados EEMARS 5 5 RSA/P 1 3 5 7 RSSA 3 2 1 4 MCAC 2 4 6 RSESA 3 3 9 2 10 WCAR 1 1 RSAR 3 3 5 1 11 Total 10 19 19 7 1 44 En 10 países la lengua de signos aparece mencionada en la constitución y en otros 19 se menciona en una o más leyes. Diecinueve países mencionan la lengua de signos en una política, y en siete aparece reflejada en una directriz. Entre aquellos países que han aportado una información detallada sobre dónde y cómo está formalmente reconocida la lengua de signos, éstos se refieren en su mayoría a leyes/políticas educativas o que regulan los servicios sociales y/o de bienestar. Es lógico que la lengua de signos esté oficialmente reconocida en tan sólo unos pocos países en los que los usuarios de dicha lengua tienen el derecho a emplearla en todos los ámbitos sociales y en todas las áreas de su vida. Aunque en algunos países hay algún tipo de reconocimiento oficial, muchas organizaciones no están satisfechas con el nivel o el alcance de dicho reconocimiento y continúan ejerciendo presión sobre sus gobiernos con el fin de aumentar y mejorar el estatus de su/s lengua/s de signos. 5.3.2 Diccionarios de Lengua de Signos Otro indicativo del estatus de la lengua de signos en un país es la existencia de uno o más diccionarios de lengua de signos. Un diccionario es una herramienta fundamental tanto para promover el estatus de la lengua de signos como para mejorar su uso. Las personas Sordas, los profesores de personas Sordas, los intérpretes de lengua de signos, los padres oyentes con hijos Sordos y otras personas que necesiten comunicarse con las personas Sordas, se beneficiarían de un diccionario de lengua de signos. Es una herramienta que contribuye a que la mayoría de signos de una lengua en particular sean accesibles a más personas además de aquellas que ya los conocen y sirve también como base documental de la existencia de una lengua de signos. No es necesario que una lengua esté oficialmente reconocida para que se elaboren diccionarios pero éstos sí pueden ser empleados como una herramienta que muestre la existencia de una lengua (de signos) que precisa de un reconocimiento legal y protección. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 26 5.4 Visión general: Ciudadanía y Reconocimiento de la Lengua de Signos En la visión general que se muestra a continuación, además de las respuestas relativas al reconocimiento en igualdad de las personas Sordas y el reconocimiento oficial de las lenguas de signos, se ha incluido la pregunta sobre si en estos países había uno o más diccionarios de lengua de signos. Por cada respuesta afirmativa se contabiliza un punto, mientras que las respuestas negativas no puntúan. Cada país puede recibir un máximo de tres puntos; éstos son indicadores de que las personas Sordas de dicho país son reconocidas como ciudadanos en igualdad, que el estatus de/ de las lengua/s de signos de ese país se menciona en un documento legal de cualquier tipo y que los usuarios de la lengua de signos de ese país disponen de una herramienta y algún documento para su uso (por ejemplo, un diccionario). Tan sólo en 30 de los 93 países se reconoce a las personas Sordas como ciudadanos iguales, se menciona la lengua de signos en la legislación y se ha desarrollado un diccionario de lengua de signos. En 15 países se reconoce a las personas Sordas como ciudadanos y poseen un diccionario, pero la lengua de signos no aparece mencionada en la legislación. En 10 países (Benin, Bolivia, Cabo Verde, Eritrea, Haití, Laos, Myanmar, Seychelles, Surinam y Suazilandia) no se reconoce a las personas Sordas como ciudadanos en igualdad, no se menciona la lengua de signos en la legislación y no existe ningún diccionario de lengua de signos; o simplemente no respondieron a las preguntas. Europa del Este y Asia Media (EEMARS) Diagrama 5.2 En la región de EEMARS, en todos los países excepto Moldavia hay un diccionario de lengua de signos. Aunque en cinco de los ocho países de esta región ya se haya reconocido formalmente la lengua de signos, en la mayoría continúan ejerciendo presión sobre el gobierno de manera activa para que éste reconozca su/s lengua/s de signos. Asia y el Pacífico (RSA/P) Diagrama 5.3 En esta región la mayoría de países también continúan presionando a sus gobiernos con el fin de mejorar el estatus de su/s lengua/s de signos. Es de señalar que Nueva Zelanda es el único país Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 27 que tiene una ley específica en materia de lengua de signos (Decreto de la Lengua de Signos de Nueva Zelanda, aprobado en 2006). Hay cuatro países en la región de la RSA/P que no reconocen a las personas Sordas como ciudadanos en igualdad. Sudamérica (RSSA) Diagrama 5.4 A pesar de que en cuatro países cuentan con algún tipo de reconocimiento de la lengua de signos, todos los encuestados continúan ejerciendo presión para mejorar el estatus de las lenguas de signos en sus países. Seis países disponen de un diccionario de lengua de signos. Dos países no reconocen a las personas Sordas como ciudadanos iguales. México, América Central y el Caribe (MCAC) Diagrama 5.5 En la mitad de los 12 países encuestados en la región de MCAC, el gobierno reconoce formalmente la lengua de signos. Cuatro de los países encuestados (Costa Rica, Cuba, El Salvador y México) continúan presionando de manera activa a su gobierno nacional. Entre los países encuestados que no han reconocido oficialmente la lengua de signos, únicamente tres (Haití, Honduras y Nicaragua) ejercen presión para obtener el reconocimiento de su lengua de signos. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 28 África del Este y del Sur (RSESA) Diagrama 5.6 Diecisiete de estos países ejercen presión sobre sus gobiernos nacionales para que reconozcan sus lenguas de signos. Botsuana, uno de los dos países de la región que no presionan a su gobierno, manifestó que la falta de un diccionario de lengua de signos les impide defender el reconocimiento de la lengua de signos. La existencia de un diccionario no debería ser necesaria para exigir el estatus de la lengua de signos, pero sí muestra que es en si mismo una herramienta útil no sólo para aprender el idioma sino además para mejorar su estatus. África Occidental y Central (WCAR) Diagrama 5.7 Níger es el único país de la región que ha reconocido formalmente la lengua de signos; dicho reconocimiento se limita a una directriz de 1998. No hay ninguna otra señal de reconocimiento formal en la región de WCAR, y parece que los gobiernos pasan por alto la lengua de signos. En los tres países que tienen un diccionario de lengua de signos y en otros siete, los encuestados afirmaron que ejercen presión sobre su gobierno para el reconocimiento de la lengua de signos. Algunos encuestados que no ejercen presión sobre sus gobiernos, argumentaron que usan la Lengua de Signos Americana, que sí cuenta con un estatus oficial, en detrimento de la lengua de signos nacional. En la región de la RSAR se puede encontrar un reto similar respecto a la falta de sensibilización y respeto hacia las lenguas de signos nacionales. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 29 Región Árabe (RSAR) Diagrama 5.8 Trece de los 15 encuestados de la RSAR continúan presionando activamente a sus gobiernos nacionales para que reconozcan sus lenguas de signos. El principal reto en este área es un proyecto iniciado por los intérpretes de lengua de signos y los educadores oyentes que tiene como fin la unificación de las distintas lenguas de signos de la región. La consecuencia de dicho proyecto es que los intérpretes de lengua de signos y los profesores de Sordos aprenderán y usarán signos que no son comunes en todos los países de la región y, finalmente, acabarán limitando la accesibilidad de las personas Sordas y reduciendo el respeto por y el estatus de las lenguas de signos que han evolucionado de una manera natural entre las personas Sordas de la región. 5.5 Lenguas de Signos – Parte del Patrimonio de la Humanidad La situación en las regiones de la WCAR y la RSAR en las que las lenguas de signos nacionales se enfrentan a otros sistemas de signos (proyecto de unificación) o a otras lenguas de signos foráneas (Lengua de Signos Americana) es un indicativo del escaso estatus de las lenguas de signos. Mientras que no se manifieste de manera clara y formal que las lenguas de signos –tal y como las emplean las propias personas Sordas en cada país- son lenguas naturales en sí mimas y de ellos mismos, seguirá teniendo lugar cualquier intento por cambiarlas o amoldarlas a variantes artificiales o menos efectivas. Cada lengua de signos natural utilizada por las personas Sordas de una región o un país, representa las ideas culturales, sociales, históricas y religiosas de esa región o país. Las lenguas de signos son como las lenguas orales, esto es, portadoras de la cultura y el patrimonio regional y nacional; del mismo modo, portan la cultura y el patrimonio de las personas Sordas. Si se quiere preservar y respetar el patrimonio al completo de cada país, es necesario incluir las lenguas de signos. Las personas Sordas no serán las únicas que se beneficiarán del reconocimiento oficial de la/s lengua/s de signos, sino que es una manera de mejorar e infundir respeto al patrimonio lingüístico y cultural general de cada país y de la humanidad.13 13 Consultar la Política de la WFD “Manifiesto de la WFD sobre la Unificación de las Lenguas de Signos” http://www.wfDeaf.org/pdf/policy_statement_signlanguages.pdf Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 30 6. Educación 6.1 Artículo24 Educación La capacidad de comunicarse de manera efectiva en lengua de signos y de leer y escribir en la/s lengua/s del país en el que viven es crucial para las personas Sordas a la hora de participar eficazmente en una sociedad libre; este objetivo aparece declarado en el Artículo 24 de la CRPD sobre Educación. En dicho artículo, se puede leer que los Estados Partes deberán garantizar que “las personas con discapacidad no queden excluidas del sistema general de educación por motivos de discapacidad, y que los niños y las niñas con discapacidad no queden excluidos de la enseñanza primaria gratuita y obligatoria ni de la enseñanza secundaria por motivos de discapacidad”. A continuación el Artículo 24 incide en que se deben adoptar las medidas adecuadas para facilitar “…el aprendizaje de la lengua de signos y la promoción de la identidad lingüística de las personas sordas” y asegurar que “...la educación de las personas, y en particular los niños y las niñas ciegos, sordos o sordociegos se imparta en los lenguajes y los modos y medios de comunicación más apropiados para cada persona y en entornos que permitan alcanzar su máximo desarrollo académico y social. (...) A fin de contribuir a hacer efectivo este derecho, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para emplear a maestros, incluidos maestros con discapacidad, que estén cualificados en lengua de signos...” (Artículo 24 (4), cursiva incluida por la investigadora). La CRPD no señala únicamente que los niños y niñas Sordos/as deberán recibir su formación en y a través de la lengua de signos, sino que esta educación se deberá impartir en aquellos entornos que contribuyan a maximizar su desarrollo académico y social. Además es necesario que también se produzca la comunicación con los compañeros y otras personas, incluido el profesor. En un colegio para Sordos, los niños Sordos pueden comunicarse entre ellos gracias a una lengua natural. Por lo tanto, el entorno más apropiado para el desarrollo académico y social de un niño Sordo será un centro en el que tanto los alumnos como el profesorado usen la lengua de signos para comunicarse en cualquier situación. 6.2 Historia de la Educación Sorda 6.2.1 Método manual frente al método oral El debate sobre el acceso y la capacidad de los niños Sordos a recibir una educación y a progresar es uno de los más antiguos y disputados en la historia de las personas Sordas y continúa siendo en la actualidad un tema polémico en muchas partes del mundo. Durante el pasado milenio, la cuestión sobre si las personas Sordas deben recibir su formación a través de los signos (también conocido como método manual) o el habla (también conocido como método oral) se ha discutido continuamente – en su mayoría por personas oyentes y otras personas con un conocimiento secundario acerca de las personas Sordas. El debate sobre la educación de las personas Sordas llegó a su fin de manera temporal en 1880 en Milán, Italia, durante el segundo Congreso Internacional sobre la Educación de los Sordomudos, en el que los participantes aprobaron una declaración que afirmaba que el método oral debía prevalecer sobre el manual tanto en la educación como en la formación de las personas Sordas (Brill 1984). Consecuentemente, las lenguas de signos naturales empleadas por las propias personas Sordas fueron prohibidas en la mayoría de los colegios de Sordos. Dado que la globalización ya se había asentado firmemente en todo el mundo a finales del siglo 19 (principalmente a través de las colonias que todavía seguían su expansión por aquella época y por los misioneros cristianos), la idea de superioridad del uso del habla sobre los signos se extendió rápidamente a nivel mundial a pesar de que los continuos informes que constataban que el enfoque oral aplicado a la educación Sorda suponían un fallo que incidía negativa y repetidamente sobre los niños Sordos. El nivel alfabetización de las personas Sordas no evolucionaba y limitaba su acceso y participación en la vida social. 6.2.2 Una educación bilingüe emergente A finales del siglo XX, los lingüistas comenzaron a documentar que las lenguas de signos utilizadas por las personas Sordas de todo el mundo eran lenguas igual de naturales y ricas que las lenguas orales, y que estas últimas (las auditivas) no poseían ninguna cualidad inherente superior que las hiciese más humanas o “naturales” que las lenguas de signos visuales. Este descubrimiento, junto con los continuos e infructuosos resultados obtenidos con el método oral, condujo finalmente a un Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 31 cambio en el modo de pensar respecto a la educación Sorda. Un enfoque bilingüe –empleando la lengua de signos como la lengua de formación en todas las asignaturas impartidas a los niños Sordos (ya que es la herramienta más efectiva para favorecer el aprendizaje y la comunicación de las personas Sordas), con un marcado énfasis orientado de manera paralela hacia la enseñanza de la lectura y la escritura de la lengua empleada en el país o por la sociedad con la que convivenaportaría a los niños Sordos una buena base para la comunicación directa e independiente en todos los entornos14. A finales del siglo, el enfoque bilingüe se extiende cada vez más por los colegios de Sordos, especialmente en el norte de Europa y en Norteamérica, obteniendo resultados prometedores15. El nivel de lectoescritura de los niños Sordos va en aumento y se facilita el aprendizaje eficiente, de manera que los niños pueden centrarse en el estudio y el aprendizaje de los contenidos de las distintas asignaturas en lugar de emplear sus esfuerzos en tratar simplemente de entender lo que dicen los profesores y lo que está escrito en los libros. Sin embargo, las respuestas recabadas muestran todavía una fuerte inclinación hacia el método oral, lo que significa que la idea de una buena educación básica continúa estando fuera del alcance de la mayoría de niños del mundo. Un ejemplo de ello es la abrumadora mayoría de países encuestados que respondieron que el enfoque centrado en la Comunicación Total (CT) (que fomenta el uso del habla y los signos simultáneamente) se está utilizando como el único o como uno de los varios enfoques educativos de su país. La CT puede ser mejor que el enfoque oral purista puesto que permite el uso de señales visuales durante la comunicación, pero no respeta la naturaleza de ninguna de las dos lenguas involucradas. La investigación (Johnson, Liddell y Erting, entre otros, en 1989) ha mostrado que es virtualmente imposible transmitir un mensaje a través de este método de manera adecuada en cualquiera de las dos lenguas implicadas, y que una o ambas partes de la comunicación se verán deterioradas. El uso de este método requiere que ambas partes se desenvuelvan con fluidez en las dos lenguas antes de iniciar la comunicación; es particularmente imposible o desaconsejable usarlo en situaciones en las que una persona se encuentra en el proceso de aprendizaje de una o más lenguas. 6.3 Reconocimiento del Derecho a la Educación Parece que ninguno de los 93 países deniega totalmente a los niños Sordos el derecho a recibir una educación. Los cinco países que respondieron que no reconocen el derecho de los niños Sordos una educación, tienen una o más escuelas para Sordos (Bolivia, Eritrea, Guinea, Seychelles y Corea del Sur) y, los cinco países que reconocieron de manera formal el derecho de los niños Sordos a una educación, no tienen ninguna escuela para Sordos (Burkina Faso, Cabo Verde, Kuwait, Seychelles y Yemen). 14 Consultar la Política de la WFD sobre “Derechos Educativos de los Niños Sordos” en el siguiente enlace: http://www.wfDeaf.org/pdf/policy_child_ed.pdf y Grosjean, François (2001) “El Derecho del Niño Sordo a Crecer Bilingüe” en Estudios sobre la Lengua de Signos (2001, 1(2), 110-114) 15 Dado que cada país posee un sistema educativo diferente, diferentes métodos, diferentes materiales, etc. no existen estudios sobre los efectos del bilingüismo en la educación de los niños Sordos que se puedan emplear de manera general a nivel internacional. Diagrama 6.1 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 32 6.3.1 Métodos educativos16 La mayoría de países encuestados afirman que en las escuelas para Sordos de su país se recurre a más de un enfoque. El método predominante es la Comunicación Total, presente en 66 países; en 35 de estos países, la Comunicación Total es uno de los diferentes métodos educativos; en 31 países es el único método educativo; y sólo en 23 países respondieron que el método bilingüe es uno de los empleados en su país, pero únicamente un país (Venezuela) contestó que éste es el único enfoque educativo para el alumnado Sordo. Tan sólo cinco países (Alergia, Argentina, Irak, Malawi y Senegal) dijeron que en sus escuelas se usa exclusivamente los métodos orales (método oral y el Auditivo-verbal). 6.3.2 Escaso conocimiento sobre la educación bilingüe Las respuestas redactadas por la mayoría de encuestados indican que, a pesar de que el método bilingüe comienza a conocerse cada vez más, si lo comparamos con las respuestas recibidas para el Cuestionario de la WFD sobre el Estatus de la Lengua de Signos (Supalla et al, WFD 1993) todavía queda mucho trabajo por hacer antes de que se pueda afirmar que todos los niños Sordos reciben una verdadera educación bilingüe. Los profesores no dominan la lengua de signos y todavía persisten las pocas expectativas respecto a la capacidad de los niños Sordos para aprender (probablemente como consecuencia de las deficiencias de la educación oral y la Comunicación Total) lo que repercute en que el nivel educativo siga siendo bajo. Muchos profesores, personas Sordas y políticos no tienen claro lo que significa en esencia una educación bilingüe para los alumnos Sordos. Es probable que algunos encuestados hayan confundido la educación bilingüe con la educación en dos lenguas habladas/escritas (por ejemplo el español y el inglés). Además, algunos encuestados parecen confundir educación bilingüe con Comunicación Total. Al preguntarles si sus gobiernos les ofrecen una educación bilingüe empleando la lengua de signos del país (pregunta 8.4), 31 países respondieron afirmativamente. Pero cuando se les preguntó sobre los métodos educativos para establecer una comunicación con los alumnos Sordos en las escuelas, tan sólo 23 encuestados confirmaron el uso del método bilingüe. En la última pregunta (8.5.2) se podían escoger diversas opciones, y el método bilingüe estaba claramente separado de la Comunicación Total. Los encuestados tenían que hacer una distinción entre la educación bilingüe y la Comunicación Total, al contrario de lo que tuvieron que hacer al responder la primera pregunta (8.4). Es necesario interpretar con atención las cifras relativas al acceso a la 16 Una breve definición de los métodos abordados en este informe: Educación bilingüe: la lengua de signos es considerada como la lengua natural (lengua materna) que debería ser adquirida como primera lengua. La lengua oral, aquella que no es adquirida de manera natural por los/as niños/as Sordos/as, será interiorizada como una segunda lengua tan pronto como el niño haya evolucionado a nivel cognitivo y de desarrollo. Ambas lenguas se emplean a lo largo de toda la educación del alumno. Comunicación Total: se emplean todas las formas y sistemas comunicativos tales como los gestos naturales, la lengua de signos, el bimodal, los sistemas de signos, la mímica, la audición y el habla. Educación Oral: la lengua oral se considera la base de la comunicación social y académica estándar, y se considera que el sistema humano está diseñado (pre-instalado) para aprender el lenguaje expresado de manera oral. Los/as niños/as aprende sobre y a partir de la lengua oral. También se conoce como auditivo-oral, educación auditiva/oral. El énfasis recae sobre el habla. Educación Auditivo-Verbal: se considera que incluso los más mínimos restos auditivos pueden llevar al desarrollo del habla y la lengua espontáneas siempre y cuando se estimule dicho resto. Los niños aprenden a procesar el lenguaje a través de la amplificación de su audición. Se trata de un sistema de educación oral que se centra en la audición. Diagram 6.2 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 33 educación, ya que se trata de un área que muchas asociaciones de personas Sordas desconocen o de la que no poseen mucha información17. 6.3.3 Baja calidad educativa Una mayoría considerable de las respuestas confirman que el nivel educativo es pobre, escaso e inaceptable, incluso en los países en los que se contempla el método bilingüe. Existe el peligro de que los diagramas que se refieren a la educación de los niños Sordos muestren una imagen más positiva que la propia realidad puesto que sólo aportan información sobre si existe alguna ley sobre la educación de los niños Sordos, si hay alguna escuela específica para Sordos y si se ofrece una educación bilingüe. No aportan ninguna información cualitativa sobre la situación tal y como existe en los centros educativos. Los informes regionales indican el número de centros en la mayoría de países pero no aportan cifras sobre el porcentaje de niños Sordos matriculados en las escuelas ni de las plazas de las que disponen dichas escuelas por lo que no es posible determinar cuántos alumnos Sordos reciben realmente algún tipo de educación en cualquiera de las regiones. Si un país tiene una puntuación elevada en los diagramas regionales que se muestran a continuación, es una señal de que tiene algunos recursos domésticos o algún conocimiento sobre el derecho de los niños Sordos a recibir una educación, y que la educación bilingüe es uno de los métodos empleados. Las puntuaciones bajas muestran que no están presentes ni los derechos formales y/o que hay un desconocimiento enorme sobre la importancia de la lengua de signos en la educación Sorda dentro del sistema educativo. 6.4 Visiones generales a nivel regional En las visiones generales de las regiones mostradas a continuación, las preguntas incluidas se refieren al reconocimiento por parte de los gobiernos del derecho de los niños Sordos a recibir una educación, la existencia de una legislación o de políticas en materia educativa, la presencia de alguna escuela para Sordos18 y la cuestión sobre si la educación bilingüe es uno de los métodos educativos empleados en las escuelas. Cada respuesta afirmativa suma un punto. También se puntúan las respuestas de los encuestados relativas a la calidad de la educación. Si el nivel es satisfactorio, se contabilizan dos puntos; si éste está por debajo de la media o si tiene algún aspecto positivo, recibe un punto. Cuando los países encuestados utilizan descripciones del tipo: bajo, pobre, deficiente, patético, entre otras, para describir la opinión general respecto al nivel de alfabetización, las respuestas no reciben ninguna puntuación 19. Además, algunos países no respondieron a esta pregunta por lo que sus respuestas tampoco recibirán ninguna puntuación. El porcentaje que aparece a continuación del nombre de cada país se corresponded con el nivel de alfabetización tomando como referencia la población en general. 17 La definición de los distintos métodos educativos (ver nota al pie nº 16) se distribuyó entre los grupos de trabajo regionales después de haber recibido las respuestas al cuestionario. Los países particulares no recibieron estas definiciones. 18 La investigadora ha optado por incluir las respuestas a la pregunta 8.5 “¿En su país hay alguna escuela específica para niños y alumnos Sordos?” en lugar de la pregunta 8.3 “¿El gobierno de su país proporciona alguno de los siguientes entornos educativos para los niños y alumnos Sordos?”, porque los sistemas educativos son muy diversos en lo que respecta a los centros privados/públicos. Por ejemplo, en la región de RSA/P hay muchas escuelas controladas por organizaciones privadas u Organizaciones no Gubernamentales (ONGs). La investigadora ha preferido destacar el hecho de si hay escuelas para Sordos, no si éstas están gestionadas por el gobierno o por una entidad privada o una ONG. Para una información más detallada, consultar los informes regionales. 19 La puntuación emitida es el resultado de la evaluación de la investigadora tras recibir las respuestas por escrito. En los informes regionales se pueden encontrar las respuestas íntegras a la pregunta 8.7 “¿Cuál es la opinión general respecto al nivel de lectoescritura de los niños y alumnos Sordos de su país?”. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 34 Europa del Este y Asia Media (EEMARS) Diagrama 6.3 En la región de EEMARS, los gobiernos de todos los países reconocen el derecho de los niños Sordos a recibir una educación, existe una legislación en materia de educación Sorda y hay escuelas para Sordos en cada uno de estos países. En dos de ellos se contempla el bilingüismo como método educativo, pero se desconoce el número de centros o clases en las que se utiliza el método bilingüe. Tan sólo Kazajstán comentó que en su opinión el nivel de alfabetización de los niños Sordos es satisfactorio. Asia y el Pacifico (RSA/P) Diagrama 6.4 En todos los países de esta región hay escuelas para Sordos y todos, excepto uno (Corea del Sur), reconocen que los niños Sordos tienen el derecho a recibir una educación. En todos los países, exceptuando Bután, Myanmar y Corea del Sur, hay una legislación o política sobre educación Sorda. Cinco países ofrecen algún tipo de educación en un entorno bilingüe. Tan sólo dos (Japón e Indonesia) manifestaron cierta satisfacción respecto al nivel de alfabetización actual de los niños Sordos, aunque ninguno se mostró completamente satisfecho. El nivel educativo actual aparece reflejado como insuficiente debido a la falta de disponibilidad de entornos en los que esté presente la lengua de signos; bien porque los profesores con alumnos Sordos desconocen la lengua de signos o porque los entornos educativos en los que hay niños o alumnos Sordos son de reciente creación. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 35 Sudamérica (RSSA) Diagrama 6.5 A pesar de que existen muchas escuelas para Sordos en todos los países de esta región, la opinión general considera que el nivel de alfabetización es muy bajo. Tan sólo dos países (Colombia y Ecuador) reconocen que el nivel está dentro de la media, pero ninguno está plenamente satisfecho. El grupo de trabajo manifestó que existe un número relativamente elevado de programas de educación bilingüe en Sudamérica; sin embargo, la calidad de la mayoría de estos programas es escasa. Además, el grupo de trabajo regional desconfía que los países encuestados conozcan con precisión la definición de educación bilingüe, ya que cabe la posibilidad de que lo hayan interpretado como bilingüismo en dos lenguas orales y escritas (ej. español e inglés) en lugar de en lengua de signos y lengua escrita. México, América Central y el Caribe (MCAC) Diagrama 6.6 Todos los países de la región de MCAC reconocen el derecho de los niños Sordos a recibir una educación, pero sólo seis cuentan con una legislación o políticas específicas en materia de educación Sorda. Seis de los encuestados confirmaron que, entre los métodos educativos empleados, se contempla la educación bilingüe. Algunos comentarios se referían al bajo estándar de la educación actual y al escaso nivel de alfabetización. En Haití, donde el gobierno ha reconocido el derecho de los niños Sordos a la educación, respondieron que la comunidad en general opina que a las personas Sordas no se les debería enseñar a leer y escribir. Esto pone de Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 36 manifiesto el hecho de que los prejuicios en contra de las personas Sordas que parten de la población general podrían suponer una barrera para mejorar el acceso de los niños Sordos a la educación. África del Este y del Sur (RSESA) Diagrama 6.7 Todos los países, excepto Eritrea y Seychelles, respondieron que sus gobiernos reconocen el derecho de los niños Sordos a recibir una educación y todos los países, excepto Seychelles, disponen de una o más escuelas para Sordos. Seychelles especificó que los niños Sordos asistían a una escuela para discapacitados. En cuanto a las respuestas relativas a la educación bilingüe, existe una contradicción en el material obtenido durante la recopilación de datos. Tres países contestaron que contemplaban el enfoque bilingüe en su educación, pero el grupo de trabajo regional señaló que sólo Kenia y Uganda contaban realmente con programas de educación bilingüe. Todos los países opinan que el nivel de alfabetización es muy bajo; en general se considera que la mayoría de niños y alumnos Sordos son analfabetos una vez concluida su educación. Algunos de los países encuestados (Lesoto, Malawi, Sudán y Seychelles) fueron más explícitos y respondieron que posiblemente cerca del 90 por ciento de las personas Sordas de sus países fuesen analfabetas. África Occidental y Central (WCAR) Diagrama 6.8 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 37 Guinea fue el único país que respondió que su gobierno no reconocía el derecho de las personas Sordas a recibir una educación. Cabo Verde no aportó ninguna información sobre si tienen escuelas para Sordos, y Burkina Faso respondió que no hay ninguna escuela para Sordos en todo el país. Únicamente Gabón envió algún comentario positivo a través del que explicaban que la lengua de signos era empleada en un centro privado y que el nivel de alfabetización actual de los niños que asistían a este centro educativo era aceptable. Camerún y la RD del Congo confirmaron que en su país se utilizaba el método bilingüe. Por otra parte, la opinión general es que el nivel de alfabetización es muy bajo o insatisfactorio y que esto conduce a que los niños y alumnos Sordos continúen siendo analfabetos al finalizar su educación. Región Árabe (RSAR) Diagrama 6.9 Todos los países excepto Mauritania reconocen el derecho de los niños Sordos a recibir una educación. En tres países (Mauritania, Marruecos y Omán) no disponen de ninguna legislación o política sobre educación Sorda. Tan sólo en el Líbano contemplan la educación bilingüe entre sus métodos. 6.5 Incremento de la aceptación de la Lengua de Signos en la Educación Sorda Estos diagramas muestran únicamente la existencia de algunos marcos formales en los países encuestados. Por el momento resulta imposible detectar la extensión del método bilingüe e, incluso, saber el número de niños Sordos que reciben algún tipo de educación. Debido a la diversidad en los enfoques de investigación y a la diferencia en las preguntas realizadas, no es posible realizar una comparación directa entre los resultados reflejados en el informe “Las personas Sordas en un Mundo en Vías de Desarrollo” (Joutselainen 1992) y el informe “Personas Sordas y Derechos Humanos”. Sin embargo, conviene señalar que en 1992 hubo trece países (Argentina, Cuba, República Dominicana, Haití, Kenia, Lesoto, Mauritania, Nicaragua, Panamá, Suazilandia, Tanzania, Gambia y Zimbabue) que confirmaron que el único enfoque empleado era el método oral. En 2003 -de los 13 países anteriormente mencionados- Cuba, Kenia y Nicaragua respondieron que disponían del método bilingüe. Argentina y Zimbabue son los únicos que continúan afirmando que el método oral es el único empleado en sus países. En la República Dominicana, Gambia, Haití, Lesoto, Mauritania, Panamá, Suazilandia y Tanzania, se emplea el método oral y la lengua de signos de manera simultánea. Si se observa la evolución de esos 13 países, podríamos obtener un indicativo de que el método oral más puro va cediendo paso de manera gradual a otros enfoques educativos que incluyen el uso de los signos o de la lengua de signos. Casi todos los países reconocen el derecho de las personas Sorda a acceder a una escuela, pero prácticamente ninguno de los países encuestados cuenta con un sistema educativo en el que la Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 38 formación sea transmitida en la lengua más apropiada para los alumnos Sordos (el método bilingüe); y hay muy pocas personas Sordas que reciban una educación en un entorno que maximice el desarrollo académico y social. Una amplia mayoría de los encuestados reconoce que el nivel de alfabetización entre las personas Sordas de su país es bajo. Los sistemas educativos siguen sin cumplir las necesidades de las personas Sordas y a éstas se les niega el acceso y se les priva de la oportunidad de buscar una educación secundaria, profesional y superior. Así mismo, las oportunidades de obtener y mantener un trabajo para ganarse su vida y la de sus familias se ven seriamente limitadas. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 39 7. Acceso a los Servicios y a la Interpretación de la Lengua de Signos 7.1 Significado de la palabra ‘Accesibilidad’ para las personas Sordas Un factor clave para la accesibilidad a los servicios del gobierno (y a cualquier otro servicio gestionado por instituciones en las que el personal no use la lengua de signos) es la disponibilidad de y el acceso a los intérpretes de lengua de signos, tal y como se destaca en la CRPD. El Artículo 9 sobre Accesibilidad establece que a fin de que “las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, los Estados Partes adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y a otros servicios e instalaciones abiertos al público o de uso público, tanto en zonas urbanas como rurales.” A continuación el artículo determina que los Estados Partes, entre otros, deberán adoptar las medidas oportunas para: “Ofrecer formas de asistencia humana e intermediarios, incluidos guías, lectores e intérpretes de lengua de signos profesionales, para facilitar el acceso a edificios y otras instalaciones abiertas al público” (9.2 (e) CRPD) (Cursiva incluida por la investigadora) En el caso de las personas Sordas, las barreras que limitan su acceso apenas tienen que ver con los obstáculos de índole físico. Estas barreras se encontrarán con frecuencia en la falta de una información accesible, si esta información proviene de la interacción directa con otras personas que no conocen o usan la lengua de signos, o de aquellas fuentes que tienen como finalidad llegar a un gran número de personas a la vez, ej. los medios de comunicación. El Artículo 21 sobre Libertad de expresión y opinión, y acceso a la información de la CRPD dice que los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para facilitar “...la información dirigida al público en general, de manera oportuna y sin costo adicional, en formato accesible y con las tecnologías adecuadas a los diferentes tipos de discapacidad” 21 a); aceptar y facilitar “…el uso de la lengua de signos, el Braille, los modos, medios, y formatos aumentativos y alternativos de comunicación y todos los demás modos, medios y formatos de comunicación accesibles que elijan las personas con discapacidad en sus relaciones oficiales”(21 b) (Cursiva incluida por la investigadora); y alentar a “… los medios de comunicación, incluidos los que suministran información a través de Internet, a que hagan que sus servicios sean accesibles para las personas con discapacidad”(21 d). Dado que la radio es por definición inaccesible para las personas Sordas y que la mayoría de estas personas son además analfabetas funcionales, la manera más efectiva de transmitir la información y las noticias a las personas Sordas es a través de la inclusión de la lengua de signos en la televisión pública. Este apartado ofrece una breve visión del acceso a los medios de comunicación en los países encuestados, antes de entrar a debatir el acceso a los servicios de interpretación en lengua de signos. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 40 7.2 Acceso a los Medios de Comunicación y a la Información El Diagrama 7.1 muestra el número de países en cada región que ofrece programas de televisión en lengua de signos (a través de un intérprete de lengua de signos y/o con información proporcionada directamente en lengua de signos); el subtitulado de las noticias y los programas de asuntos de actualidad; y la disponibilidad de los documentos del gobierno en lengua de signos. Diagrama 7.1 7.2.1 Lengua/s de Signos en la televisión Cincuenta y uno de los países encuestados respondieron que es la televisión pública la que ofrece los servicios de lengua de signos en las noticias y/o programas de actualidad. Esto supone una evolución desde 1992, cuando sólo seis países (Belice, Brasil, Cuba, Ghana, India y Pakistán) afirmaron disponer de programas producidos en lengua de signos, y otros 12 países (entre otros, China, Colombia, El Salvador, India, Perú y Tailandia) tenían programas con interpretación a lengua de signos. Algunos de los países que participaron en la encuesta de 1992, no lo hicieron en el estudio preliminar global, pero el número obtenido de países en los que está presente la lengua de signos en la televisión es notablemente superior en 2008; por lo tanto, es probable que se haya producido un aumento general a pesar de no disponer de datos específicos sobre la situación en estos países en 2008. Sin embargo, hay grandes diferencias regionales respecto a la duración y la frecuencia de los programas que se emiten bien directamente en lengua de signos o son presentados a través de un intérprete de lengua de signos. En todos los países encuestados en la región de EEMARS hay emisiones diarias en lengua de signos (la mayoría con una duración de 10 minutos al día). En la región de RSA/P son más comunes las emisiones semanales. En las regiones de la RSAR y MCAC, lo habitual son telediarios diarios o un programa semanal interpretados a lengua de signos. En la región de la RSESA, la mayor parte de la lengua de signos presente en la televisión es a través de la interpretación de las noticias, tanto diarias como una vez a la semana. En la región de WCAR, hay algunos países que ofrecen interpretación en lengua de signos, al igual que sucede en la región de la RSAR. En esta última, Iraq y Qatar ofrecen programas de lengua de signos únicamente en la ‘Lengua de Signos Árabe Normalizada’, un modo de signar artificial que no es entendido por la mayoría ni utilizado por las personas Sordas (para más detalles, consultar el apartado sobre el Reconocimiento de la Lengua de Signos y el informe regional de la RSAR). Comparado con el total de horas de emisión en todos los países, el porcentaje de programas que incluyen la lengua de signos es muy escaso, y no ofrecen a las personas Sordas el mismo acceso a los medios de comunicación o a la información dirigida al público en general emitida por la televisión. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 41 7.2.2 Subtitulado Sólo 21 países ofrecen las noticias o los programas de actualidad subtitulados, lo que excluye a las personas Sordas que saben leer y escribir de acceder incluso a estos programas. En 72 países, las personas Sordas no tienen ningún acceso a las noticias ni a los programas de actualidad, excepto en esos casos en los que estos programas se emiten con la presencia de un intérprete de lengua de signos. 7.2.3 Documentación del gobierno Tan sólo Tailandia afirma que su gobierno ofrece su documentación disponible en la lengua de signos del país. Salvo en este país, el resto de personas Sordas no pueden comunicarse con su gobierno en la lengua de su elección. 7.3 Una consecuencia del acceso limitado a la información: la situación del HIV/SIDA La falta de información repercute sobre las oportunidades de las personas Sordas para tomar decisiones de una manera libre y con la suficiente información, tal y como refleja el debate sobre el derecho de las personas Sordas a votar en el apartado 5.2.1 y el diagrama 5.1. El diagrama 7.2, sobre la concienciación respecto a la situación de las personas Sordas y el VIH/SIDA, muestra que la falta de información acarrea además situaciones que pueden llegar a costar o acortar la vida de las personas Sordas. El diagrama que se incluye a continuación recoge las respuestas a la pregunta sobre si la situación del VIH/SIDA afecta a las personas sordas en los países encuestados. Diagrama 7.2 Este diagrama revela que el conocimiento del impacto de la situación del VIH/SIDA varía enormemente de una región a otra y parece que más de la mitad de los países encuestados desconocen este asunto parcial o totalmente. Cincuenta y dos de los países encuestados afirman que el VIH/SIDA no es un tema que afecte a las personas Sordas o al menos ellos no disponen información sobre este asunto. Tan sólo 41 países confirman que el VIH/SIDA sí afecta a las personas Sordas de su país. Únicamente en las dos regiones africanas y en Sudamérica hay una mayoría de encuestados que confirman que la situación del VIH/SIDA afecta a las mujeres, hombres y niños Sordos de su país. En las regiones de MCAC y RSA/P, menos de la mitad de encuestados afirman que el VIH/SIDA afecta a las personas Sordas. En la EEMARS y la RSAR, la situación del VIH/SIDA no afecta a ninguno de los países encuestados. En todas las regiones se detectó que algunos encuestados desconocían la situación respecto al VIH/SIDA en su país o no aportaron ninguna respuesta a la pregunta. Parece que los países encuestados en las dos regiones africanas son los más conscientes de esta situación, pero también coincide que estas regiones son las que se encuentran con un acceso más limitado a los distintos servicios públicos. En los países en los que el acceso a los servicios públicos es ligeramente mejor, como es el caso de las regiones de EEMARS y RSAR, ninguno de los encuestados manifiesta que la situación del VIH/SIDA afecte a Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 42 las personas Sordas de su país. El informe “Personas Sordas y Derechos Humanos” revela que la necesidad de campañas de sensibilización e información, dirigidas tanto a las asociaciones de Sordos como a las personas Sordas en particular, es vital en la mayoría de los países encuestados. Un estudio sobre el VIH/SIDA y discapacidad (Groce, Banco Mundial/Universidad de Yale 2004) revela que las personas con discapacidad corren un riesgo mayor de infección por el virus del VIH. Entre los factores de riesgo se encuentran la escasa educación/altos niveles de analfabetismo, las campañas de información inaccesibles, la falta de acceso a los servicios médicos y las creencias erróneas de que las personas con discapacidad no son sexualmente activas y que son por ello excluidas de los servicios y programas contra el VIH/SIDA. Las personas Sordas están expuestas a todos estos factores de riesgo, particularmente a la falta de acceso a la información, por lo que es probable que la situación del VIH/SIDA afecte a las personas Sordas en todos los países. La falta de acceso a la información en esta materia conlleva que las personas Sordas sean menos conscientes de cómo se contagia la enfermedad y cómo se puede prevenir la infección. 7.4 Acceso a los Servicios del Gobierno Once países respondieron que las personas Sordas no tienen acceso a los servicios del gobierno tales como: la educación, la sanidad, el empleo, el bienestar social o cualquier otro servicio20. Cuando se preguntó cómo podían acceder a los servicios del gobierno a aquellos países que habían respondido que las personas Sordas sí tenían acceso a dichos servicios, cerca de la mitad de los encuestados respondió que las personas Sordas hacen uso de estos servicios del mismo modo que las personas oyentes. Los análisis regionales muestran, sin embargo, que existen fuertes limitaciones que reducen las oportunidades de las personas Sordas de beneficiarse o usar los servicios del gobierno en todos los países que respondieron a este apartado. 7.4.1 Acceso oficial frente al acceso real A pesar de que sólo algunos países niegan formalmente el derecho de las personas Sordas a acceder a los servicios del gobierno y de que el número de países que tienen intérpretes de lengua de signos ha aumentado desde 1992, las respuestas obtenidas en 2008 muestran que muy pocas personas Sordas, o ninguna, disfrutan de un acceso en igualdad y de facto a los servicios del gobierno. La existencia de uno o más intérpretes de lengua de signos en un país en particular no puede ser interpretada – por varios motivos - como una señal de que las personas Sordas disfrutan de un acceso en igualdad de condiciones a los diversos servicios. En primer lugar, debe existir un sistema que regule la provisión y el acceso a los intérpretes de lengua de signos en todas las situaciones en las que se soliciten; y la persona Sorda o las asociaciones de personas Sordas no deberían ser las únicas responsables de asumir el pago de los salarios de estos profesionales. Sesenta y un países encuestados reconocen que su gobierno no asume la responsabilidad del pago de los salarios de los intérpretes de lengua de signos. En segundo lugar, los intérpretes de lengua de signos son profesionales que prestan sus servicios tanto a las personas Sordas como a las oyentes, de modo que para su capacitación profesional es precisa una formación previa. Un intérprete de lengua de signos profesional se expresa con fluidez tanto en la lengua signada como en la lengua oral de su país y posee unos conocimientos específicos sobre la interpretación entre dos (o más) lenguas. Conocer algunos signos y asumir el compromiso de ‘ayudar’ a las personas Sordas y oyentes a comunicarse entre si, no es cualidad suficiente para convertirse en o desempeñar la función de intérprete de lengua de signos. Tal y como aparece reflejado en los informes regionales, la duración y la calidad de la formación varía enormemente entre los países encuestados. En tercer lugar, en el trabajo es crucial mantener un comportamiento ético adecuado con el fin de obtener la calidad necesaria de los servicios que ofrecen los intérpretes de lengua de signos. La confidencialidad profesional y la responsabilidad hacia las tareas y las funciones de un intérprete de lengua de signos son fundamentales si se desea garantizar un estatus de igualdad entre las partes implicadas en una situación de comunicación que requiere interpretación, y para salvaguardar el derecho de una persona Sorda a 20 No hay información que justifique el motivo por el que estos países (Argentina, Bolivia, Burkina Faso, RD Congo, Guinea, Guyana, Haití, Nepal, Mauritania, Palestina y Suriname) respondieron que las personas Sordas no tienen acceso a los servicios del gobierno. Por lo tanto, no queda claro si la legislación excluye de manera específica a las personas Sordas de estos servicios o si los encuestados tienen la sensación de que el exceso de barreras a las que se enfrentan las personas Sordas les ha hecho responder ‘NO’. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 43 la independencia y la autonomía. Es preciso formar a los intérpretes de lengua de signos en las lenguas en las que tendrán que interpretar (con frecuencia serán una o más lenguas orales del país en el que trabajan y una o más lenguas de signos empleadas por las personas Sordas de ese mismo país); y aprender, comprender y cumplir en Código Ético de los intérpretes de lengua de signos de dicho país. El Código Ético (o el Código de Conducta Profesional) de los intérpretes de lengua de signos proporciona las directrices a seguir por los intérpretes en el desempeño de su trabajo21. 7.4.2 Incremento en la accesibilidad a los Intérpretes de Lengua de Signos Desde 1992 y el “Estudio de la WFD sobre las Personas Sordas en los Países en Vías de Desarrollo” se ha producido un notable incremento del número de países que afirman disponer de intérpretes de lengua de signos. En 1992, 29 de los 65 países que respondieron a la encuesta de la WFD, dijeron que en su país había intérpretes de lengua de signos. De los 93 encuestados en la presente encuesta, 80 países confirman que disponen de uno o más intérpretes de lengua de signos; sin embargo, las titulaciones y la calidad de los servicios de interpretación varían considerablemente. Los 13 países en los que no hay ningún intérprete de lengua de signos son: Benín, Bután, Botsuana, Burkina Faso, Camerún, Cabo Verde, Chad, Costa de Marfil, Guinea, Mauritania, Myanmar, Seychelles y Togo. En los países restantes, la calidad y el alcance de la interpretación de la lengua de signos varía mucho; esta variación está relacionada con la oferta de formación, la conducta profesional y el modo en el que los usuarios que demandan estos servicios pueden acceder a los intérpretes de lengua de signos. 7.5 Servicios de Interpretación de Lengua de Signos, Formación y Código Ético En el cuestionario, se preguntaba a los encuestados si en su país existe un servicio de intérpretes de lengua de signos, si hay algún tipo de formación dirigida a los intérpretes, si éstos se rigen por un Código Ético nacional, el número de intérpretes de lengua de signos y cuál es la opinión general al respecto del servicio de interpretación de lengua de signos. Diagrama 7.3 De los 93 países encuestados, 62 respondieron que en su país existe un servicio de interpretación de lengua de signos. Cuarenta y tres dijeron que había algún tipo de formación22 para las personas que querían obtener el título de intérpretes de lengua de signos; y 31 países dijeron que tenían 21 La Asociación Mundial de Intérpretes de Lengua de Signos (WASLI) comparte su visión sobre el Código Ético en: http://wasli.org/CodeofEthics.htm 22 This question may have been interpreted differently by different countries, as some may include general sign language classes or courses, while others may have understood it as training in interpreting skills required after gaining fluency in sign language. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 44 algún tipo de Código Ético por el que se regían sus intérpretes. Treinta y dos países dicen que su gobierno asume la responsabilidad del pago de los salarios de los intérpretes de lengua de signos. Tan sólo 18 confirmaron que disponen de un servicio de intérpretes de lengua de signos, de formación dirigida a estos intérpretes, un Código Ético y que su gobierno tiene la capacidad de asumir el pago de sus salarios. Estos países son: Australia, Bielorrusia, Brasil, Bulgaria, Colombia, Costa Rica, Honduras, Japón, Kazajstán, Malasia, México, Namibia, Nicaragua, Qatar, Rusia, Sudáfrica, Tanzania y Uganda. En el resto de países, faltaba uno o más de estos factores. De los encuestados que respondieron que cuentan con un servicio de interpretación, formación y Código Ético, tan sólo tres (Australia, Bulgaria y Japón) reconocieron que su gobierno asumía el pago de los servicios de intérpretes de lengua de signos. En el resto de países, el gobierno paga estos salarios en algún o ningún caso y/o son las propias personas Sordas, las organizaciones o asociaciones de o para personas Sordas u otros agentes, los que asumen el pago de los honorarios de los intérpretes – en el supuesto de que los intérpretes reciban algún salario. 7.6 Visiones generales a nivel regional Los siguientes diagramas muestran el acceso general a los servicios del gobierno y de interpretación, clasificados por regiones. Por cada respuesta afirmativa a las preguntas más relevantes se ha contabilizado un punto. El resto de preguntas (a las que hayan respondido “no” y aquellas que informan que las propias personas Sordas y/o las asociaciones tienen que pagar los salarios o las que no aportaron ningún tipo de información) no han recibido ninguna puntuación. Cuanto más alta sea la puntuación, mejor podrá uno asumir el acceso a los intérpretes de lengua de signos y en este caso se trata del acceso a los servicios del gobierno. Los países que sólo han recibido un punto ofrecen únicamente un acceso formal a los servicios del gobierno, pero no poseen ninguno de los requisitos básicos para un servicio de intérpretes de lengua de signos; por consiguiente, las personas Sordas de estos países tendrán un acceso parcial - en el caso de tener alguno - a los servicios. La máxima puntuación obtenida por un país asciende a cinco puntos. Sin embargo, el hecho de recibir la máxima puntuación no significa que uno pueda llegar a la conclusión de que las personas Sordas disfrutan de un acceso pleno a varios servicios ni que un servicio de lengua de signos funcione bien. La máxima puntuación indica únicamente que existe un sistema de interpretación de lengua de signos que comprende un mínimo de elementos básicos: servicio organizado, formación, Código Ético y el gobierno reconoce que los intérpretes de lengua de signos tienen derecho a percibir un salario por el servicio que proporcionan. Además, el número de intérpretes disponibles en cada país es un factor crítico pero que no aparece reflejado en los diagramas. En los países con menos de cinco puntos no se puede afirmar ni que tengan incluso un servicio de interpretación de lengua de signos básico y funcional. Los informes regionales aportan información detallada sobre la situación de cada país. Europa del Este y Asia Media (EEMARS) Diagrama 7.4 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 45 En Moldavia no existe formación para los intérpretes de lengua de signos, y en Uzbekistán y Armenia no tienen un Código Ético. El gobierno búlgaro asume tan sólo el pago de hasta 10 horas de servicio de interpretación por persona Sorda, por lo que el acceso a los servicios también se ve muy limitado en este país. En cuatro países, el gobierno no paga ni contribuye de ningún modo al pago de los salarios de los intérpretes. El mensaje del resto de países de la EEMARS es que hay muy pocos intérpretes de lengua de signos. Las cifras variaban de los cinco intérpretes de lengua de signos de Armenia a los 800 disponibles en Rusia. Asia y el Pacífico (RSA/P) Diagrama 7.5 Tan sólo Nepal afirma que las personas Sordas no tienen acceso a los servicios del gobierno, pero sí tienen un servicio de intérpretes de lengua de signos. Bután, Laos y Myanmar ofrecen un acceso con carácter formal, pero no disponen de un servicio de interpretación de lengua de signos, formación o un Código Ético. El gobierno asume algún gasto relativo a los servicios de interpretación tan sólo en cuatro países. Australia, Japón y Malasia reciben la máxima puntuación en la región de la RSA/P. Estos países señalaron, sin embargo, que hay grandes diferencias en las titulaciones obtenidas por los intérpretes de lengua de signos y que los servicios siguen teniendo muchas carencias. La amplia mayoría opina que los servicios de interpretación de la región de la RSA/P carecen de calidad en cuanto a la formación con carácter oficial o las titulaciones; los propios servicios de interpretación son poco sólidos; el número de intérpretes no es suficiente por lo que la oferta no cubre la demanda; y la comunidad en general tiene un conocimiento limitado de los servicios disponibles. El número de intérpretes de lengua de signos oscila entre los tres en Laos y Sri Lanka y los 20.000 de Japón. Sin embargo, menos de 1.800 del total de intérpretes de Japón están titulados y tanto su estatus como sus salarios son bajos. Sudamérica (RSSA) Diagrama 7.6 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 46 Argentina y Bolivia respondieron que las personas Sordas no tienen acceso a los servicios del gobierno. Tan sólo tres países disponen de formación dirigida a los intérpretes de lengua de signos y sólo en dos existe un Código Ético. La mayoría de encuestados de la región de la RSSA explicaron que el acceso a los servicios de interpretación se realizan a través de la Asociación de Sordos nacional o regional, de grupos religiosos o gracias a sus familiares o conocidos oyentes. El grupo de trabajo regional de la RSSA manifestó también su preocupación por el hecho de que las personas Sordas tengan que pertenecer a grupos particulares (por ejemplo a organizaciones religiosas) si quieren disfrutar de los servicios de interpretación de lengua de signos de manera gratuita. El número de intérpretes oscila entre los aproximadamente 10 de Bolivia a los 1.500 de Brasil. Perú y Argentina no aportaron el número de intérpretes en sus respectivos países. México, América Central y el Caribe (MCAC) Diagrama 7.7 Tres países respondieron que las personas Sordas no tienen un acceso formal a los servicios del gobierno; aunque uno de ellos (Guyana) reconoció que su gobierno asume algunas veces los costes relativos a los intérpretes de lengua de signos. Otros tres países carecen de un servicio de interpretación; siete disponen de formación para los intérpretes; y en siete países hay un Código Ético nacional. La principal queja en la región de MCAC es la falta de formación dirigida a los intérpretes y la baja calidad de la misma. Además, una preocupación constante es el escaso número de profesionales; Surinam respondió que disponen únicamente de dos intérpretes, mientras que en Cuba hay 434. África del Este y del Sur (RSESA) Diagrama 7.8 En 12 de los 19 encuestados de la región de la RSESA, son las asociaciones de Sordos nacionales o locales las que facilitan intérpretes de lengua de signos. Ocho gobiernos de esta región asumen el pago de algunos servicios de interpretación. En seis países existe el Código Ético. En siete no Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 47 disponen de ningún servicio de interpretación a lengua de signos. En general opinan que falta calidad en la formación oficial y las titulaciones; que no siempre se puede disponer de intérpretes que cubran los servicios; el número de profesionales no es suficiente por lo que la oferta no puede cubrir la demanda; y apenas hay fondos destinados a estos servicios. En la RSESA, el número de intérpretes oscila entre los tres en Ruanda y Suazilandia, y los 102 de Uganda. Seychelles no aportó ninguna información respecto a los servicios de interpretación de lengua de signos, pero respondieron que hay determinadas personas oyentes que conocen la lengua de signos y actúan como intérpretes para las personas Sordas. África Occidental y Central (WCAR) Diagrama 7.9 Tan sólo Camerún asume el pago correspondiente a los intérpretes de lengua de signos. Cuatro países cuentan con un servicio de interpretación de lengua de signos, pero no están gestionados por el gobierno. Únicamente Ghana ha puesto en marcha recientemente un programa de formación en la Universidad, y Gambia es el único país que posee un Código Ético por el que se rigen los intérpretes. La demanda dista mucho de la oferta en la mayoría de países por lo que se suele pedir a las personas que conocen la lengua de signos (normalmente los profesores o las personas con padres Sordos) que hagan de intérpretes sin recibir un salario y sin poseer ninguna titulación. En Benin y Togo, el personal que trabaja en las escuelas de Sordos actúan como intérpretes. El número oscila entre los dos en Camerún y Senegal y los 150 de la RD del Congo. Región Árabe (RSAR) Diagrama 7.10 Mauritania y Palestina respondieron que las personas Sordas no tienen acceso a los servicios del gobierno, aún así, en Palestina existe un servicio de interpretación de lengua de signos. El Líbano y Yemen ofrecen un acceso con carácter formal, pero no hay ningún servicio, formación o Código Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 48 Ético. Qatar es el único país de la región que tiene un Código Ético. El grupo de trabajo regional de la RSAR comentó que, a pesar de alguna de las respuestas, no hay ninguna persona que haya recibido una formación integral que le capacite para convertirse en intérprete de lengua de signos profesional o titulado. Existe un programa de formación sobre la Unificación de las Lenguas de Signos Árabes (ver párrafo 5.4. dentro del apartado sobre Igualdad y Lengua de Signos) al que pueden asistir tanto las personas Sordas como las oyentes con una duración de cinco o diez días. Las personas oyentes que completen esta formación, reciben un certificado de ‘intérprete de lengua de signos’. Normalmente se afirma que las personas Sordas no entienden o no usan los signos de la ‘Lengua de Signos Árabe Unificada’ y, dado que en el curso no se da ninguna pauta acerca del proceso de interpretación, debe cuestionarse si la titulación que se expide tiene demasiado valor. El número de intérpretes oscila entre los cinco de Bahréin, Marruecos y Palestina y los 300 en Argelia. 7.7 Baja calidad formativa y un número escaso de Intérpretes de Lengua de Signos La situación respecto a la formación de los intérpretes de lengua de signos en la región de la RSAR resulta también ilustrativa del contexto global. Aunque los 40 países encuestados cuentan con algún tipo de formación de intérpretes, la duración, el alcance y la calidad de esta formación varía enormemente; desde los 5-10 días de duración de un curso para aprender algunos signos hasta un título universitario con cursos que duran varios años. Por lo tanto no es posible asumir que la mera existencia de una formación no garantiza que las personas que ejercen como intérpretes de lengua de signos tengan la titulación necesaria. Tan sólo 34 países cuentan tanto con formación dirigida a los intérpretes de lengua de signos y con un Código Ético. En el caso de que no existan unas directrices formales o un Código Ético diseñado para los intérpretes, es probable que la finalidad de una formación o un programa de titulaciones sea imprecisa; por consiguiente, será complicado evaluar la capacitación que se obtiene a través de la formación. De los países que respondieron a la pregunta sobre el número de intérpretes titulados, 30 encuestados respondieron que cuentan con 20 o menos intérpretes cualificados; siete países tienen entre 21 y 100 intérpretes, mientras que en 12 países hay más de 100 intérpretes titulados. Algunos de los países que afirmaron que disponen de 20 o menos intérpretes cualificados / formados, son zonas con un alto grado de población como es el caso de México (20 intérpretes formados/aproximadamente 108.000.000 habitantes), Tailandia (20/65.000.000), Madagascar (4/20.000.000), Sudán (5/40.000.000), Tanzania (6/40.000.000) e Iraq (1/28.000.000). No queda claro se estos números se corresponden con los registros oficiales de intérpretes de lengua de signos si se basan en las suposiciones y/o conocimientos personales de la persona o grupo responsable de dar una respuesta. El escaso número de intérpretes de lengua de signos titulados es por si solo un gran indicativo de que las personas Sordas no disfrutan de un acceso real a los servicios del gobierno. No existen unos porcentajes orientativos respecto al número de intérpretes necesarios para una determinada población puesto que la demanda o las características demográficas de una comunidad sea local o nacional son las que determinan las necesidades.23 23 Información obtenida de un e-mail con fecha de 24 de diciembre de 2008 enviado por la Sra. Liz Scott Gibson, Presidenta, Asociación Mundial de Intérpretes de Lengua de Signos. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 49 8. Formación Permanente 8.1. Artículo 27 Trabajo y Empleo El Artículo 24 sobre Educación dentro de la CRPD destaca que los Estados Partes deberán garantizar un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la formación durante toda la vida (Artículo 24 (1.5)). El Articulo 27 sobre Trabajo y empleo declara que las personas con discapacidad deberán “tener acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación profesional y continua” (Artículo 27 (1.d)). Además de la educación primaria, las personas Sordas deberán tener acceso igualmente a la educación secundaria y superior así como a la formación profesional; esta educación y/o formación se impartirá en un modo accesible para las personas Sordas. El acceso a la educación superior y profesional es vital para poder acceder a un trabajo y mantenerlo y disponer así de un salario que permita la vida de manera independiente. El derecho al trabajo viene también expresado en el Artículo 27: “Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás; ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laborales que sean abiertos, inclusivos y accesibles...” (Artículo 27(1)). Se prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad (Artículo 27(1.a)); las personas con discapacidad deberían disfrutar de un acceso efectivo a los servicios de colocación; y se debería promover el apoyo para la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno al empleo. (Artículo 27 (1.e)). 8.2 Formación Profesional y Acceso a la Educación Superior Diagrama 8.1 Dieciséis encuestados afirman que en su país no se reconoce el derecho de las personas Sordas a trabajar y recibir un salario: a pesar de eso, aproximadamente en la mitad de los países encuestados no hay ninguna ley que declare que es ilegal la discriminación dentro del mercado laboral por motivos de discapacidad o Sordera. En cincuenta y dos países se ofrece algún tipo de asistencia a las personas Sordas para conseguir un trabajo, y en cincuenta y ocho ofrecen formación profesional a las personas Sordas. En el cuestionario se preguntaba si las asociaciones disponían de alguna cifra oficial o aproximada del número de personas Sordas que estaban asalariadas, o si tenían alguna cifra correspondiente al porcentaje de desempleo entre las personas Sordas. Sin embargo, las respuestas fueron demasiado diversas y aleatorias como para llegar a una conclusión u obtener unas estadísticas fiables. Lo único que se puede deducir es que las cifras de (des)empleo relativas a las personas Sordas son escasas, en el caso de que las haya, y además bastante incompletas. Los informes regionales aportan información sobre las cifras de (des)empleo facilitadas por los países encuestados. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 50 En 50 países no hay ningún tipo de obstáculo que impida el acceso de las personas Sordas a la Universidad, pero tan sólo en 18 países pueden disponer de un servicio de interpretación en el ámbito de la educación superior. Alguno de los países encuestados que respondieron que las personas Sordas no tienen acceso a la universidad, aclararon que el motivo es el escaso o nulo acceso a los servicios de interpretación. El número de países en los que no se niega formalmente el acceso a la universidad a las personas Sordas podría ser, de este modo, superior al mostrado en el diagrama anterior, pero el número de países en los que las personas Sordas disfrutan de un acceso real es mucho más inferior. 8.3 Visiones generales a nivel regional Se preguntó a los encuestados si las personas Sordas tienen derecho a acceder a un trabajo y ganar un salario, si hay alguna ley antidiscriminatoria en materia de empleo, si existe algún servicio de orientación para que las personas Sordas encuentren un trabajo, si hay algún programa de formación profesional para las personas Sordas, si éstas tienen acceso a la educación universitaria y si disfrutan de un acceso pleno a los servicios de interpretación en la Universidad. Cada respuesta afirmativa recibió un punto, mientras que las respuestas negativas o sin contestar no fueron puntuadas. Europa del Este y Asia Media (EEMARS) Diagrama 8.2 Armenia es el único país que no reconoce el derecho de las personas Sordas a tener un trabajo y ganar un sueldo. Todos los países, excepto Armenia, poseen leyes antidiscriminatorias en materia de empleo. Armenia y Moldavia no disponen de ningún servicio que ayude a las personas Sordas a encontrar un trabajo. Algunos de los problemas relacionados con el empleo mencionados por los países encuestados: bajo nivel de educación y ausencia de educación superior; barreras comunicativas; y salarios bajos en los trabajos disponibles para las personas Sordas (lo que reduce el incentivo de las personas Sordas por trabajar). Las personas Sordas tienen un acceso pleno a los intérpretes de lengua de signos dentro de la universidad en sólo dos de los países (Bielorrusia y Ucrania). Tres países (Bulgaria, Moldavia y Rusia) respondieron que las personas Sordas pueden acceder a la universidad pero no disponen de intérpretes. En los tres países en los que las personas Sordas no tienen acceso a la educación universitaria, argumentaron los siguientes motivos: los alumnos Sordos no disponen de un servicio de intérpretes de lengua de signos; no se permite que los intérpretes estén presentes durante los exámenes; el resultado de los exámenes de acceso de los alumnos Sordos a la universidad es de un nivel bajo; y la falta de interés por parte de los propios alumnos Sordos por acceder a la universidad. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 51 Asia y el Pacífico (RSA/P) Diagrama 8.3 Los encuestados de Bután, Laos, Myanmar, Nepal y Tailandia aseguran que sus gobiernos no consideran que las personas Sordas tengan derecho a estar empleadas ni recibir un salario estándar. Sin embargo, en Nepal y Tailandia existe una legislación antidiscriminatoria en materia de empleo, por lo que hay cierta contradicción en sus respuestas. Todos los países, excepto Bután y Myanmar, cuentan con servicios de orientación laboral para las personas Sordas. Algunas de las causas de desempleo son: la mayor parte de la formación laboral no es accesible para las personas Sordas; la educación y la formación laboral no está disponible o sólo es accesible en algunas partes del país; las barreras de comunicación: la discriminación por parte de las personas oyentes; ya la falta de sensibilización hacia las personas Sordas y los intérpretes de lengua de signos en el entorno laboral. En nueve países las personas Sordas tienen acceso a la universidad, pero sólo en Nueva Zelanda y Tailandia hay un total acceso a los servicios de interpretación en las universidades. En Australia, algunas universidades pueden llegar a ofrecer alojamiento, incluso a los intérpretes de lengua de signos. En los países en los que las personas Sordas no tienen acceso a la universidad los encuestados argumentaron que los alumnos Sordos todavía no son capaces de alcanzar este nivel, el alumnado Sordo no ha conseguido terminar la educación secundaria, no hay acceso a la interpretación en lengua de signos o no se dispone de fondos para estos servicios. Sudamérica (RSSA) Diagrama 8.4 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 52 En todos los países, las personas Sordas disfrutan del derecho a tener un trabajo y ganar un sueldo; únicamente Chile y Bolivia carecen de una legislación antidiscriminatoria en materia de empleo. El único país que respondió que las personas Sordas no tienen acceso a la universidad (Argentina) aclaró que el motivo se debe a la falta de intérpretes de lengua de signos. Parece que la situación es la misma en Bolivia, Chile, Ecuador, Perú y Venezuela. Únicamente Brasil, Colombia y Paraguay ofrecen un servicio de intérpretes de lengua de signos en la universidad. México, América Central y el Caribe (MCAC) Diagrama 8.5 En todos los países, excepto en Surinam, las personas Sordas tienen derecho a trabajar y recibir un salario, pero sólo siete países tienen una legislación antidiscriminatoria en materia de empleo. Las causas de desempleo entre las personas Sordas son: ausencia de leyes sobre oportunidades laborales; bajo nivel educativo; y dificultades de comunicación. En los países en los que las personas Sordas no tienen acceso a la educación universitaria, las causas radican en que los alumnos Sordos no han recibido una educación secundaria y no tienen acceso a los servicios de interpretación de lengua de signos. África del Este y del Sur (RSESA) Diagrama 8.6 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 53 En cinco países (Eritrea, Madagascar, Mozambique, Suazilandia y Zimbabue),no se reconoce el derecho de las personas Sordas a tener un empleo y recibir un salario. Ocho países cuentan con una legislación antidiscriminatoria en materia de empleo. Las principales causas de desempleo en esta región se encuentran en las barreras de comunicación; la escasa destreza para la lectoescritura; la falta de educación y formación laboral dirigida a las personas Sordas; y la discriminación por parte de las personas oyentes. También se incluyó como causa de la tasa tan alta de desempleo la negativa situación de la economía nacional. Las personas Sordas tienen acceso a la educación superior en 10 de los 19 países. Cuatro de las universidades de estos países proporcionan intérpretes de lengua de signos. Zambia reconoce que las personas Sordas no tienen acceso a la universidad por la falta de intérpretes y por los requisitos para acceder a las titulaciones superiores, pero sí hay un compromiso de facilitar y asumir el pago de un intérprete en el caso de que una persona Sorda esté cualificada para acceder a la educación universitaria. África Occidental y Central (WCAR) Diagrama 8.7 La RD Congo es el único país que respondió que las personas Sordas no tienen derecho a tener un trabajo aunque se desconoce cuál es la situación en Cabo Verde. Tan sólo cinco países (Chad, Ghana, Gambia, Níger y Senegal) disponen de una legislación antidiscriminatoria en materia de empleo. Las causas del desempleo son la discriminación en contra de las personas Sordas entre la población activa y la escasa educación o la falta de una formación profesional. Las personas Sordas pueden acceder a la universidad en cuatro países (Benin, Ghana, Nigeria y Senegal), pero sólo Ghana dispone de intérpretes de lengua de signos en la universidad. Los motivos por los que el acceso a la universidad es limitado son: no hay una estructura formal diseñada para que el alumnado Sordo alcance un nivel educativo superior; ausencia de servicios de interpretación para el alumnado Sordo; los alumnos Sordos que están actualmente en la escuela no son capaces de alcanzar este nivel; y no existe un servicio de apoyo para los alumnos Sordos que están en las universidades. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 54 Región Árabe (RSAR) Diagrama 8.8 Dos países, Mauritania y Palestina, no reconocen el derecho de las personas Sordas a tener un empleo y recibir un salario. En seis países (Egipto, Líbano, Arabia Saudita, Túnez, los Emiratos Árabes Unidos y Yemen) cuentan con una legislación que prohíbe la discriminación en el área del empleo. Los comentarios más frecuentes respecto las causas del desempleo son los altos niveles de analfabetismo entre las personas Sordas o la falta de acceso a los servicios de interpretación de lengua de signos durante las entrevistas laborales o durante la formación orientada al trabajo. Sólo cinco países (Algeria, Líbano, Arabia Saudita, Túnez y los Emiratos Árabes Unidos) ofrecen acceso a las universidades a las personas Sordas, pero ninguno de los países de esta región proporciona intérpretes de lengua de signos en la educación universitaria. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 55 9. Comentarios definitivos realizados por la Investigadora La CRPD pone de relieve el papel y la responsabilidad que deben desempeñar los gobiernos y garantiza el disfrute de los derechos humanos por parte de las personas con discapacidad. En el cuestionario de la Encuesta Preliminar sobre Educación Global también se destacó el papel de los gobiernos y, consecuentemente, esto ha guiado la investigación llevada a cabo para la recopilación del presente informe definitivo basado en las siete encuestas regionales. En la mayoría de países encuestados existe una gran tradición de cooperación e intercambio de ideas con las organizaciones no gubernamentales (ONGs) de aquellos países con ingresos altos (según la clasificación del Banco Mundial). Tanto los servicios como las escuelas para las personas Sordas se han podido establecer gracias a las aportaciones del extranjero y los proyectos para el desarrollo, la cooperación dentro del ámbito de las ONGs y otras iniciativas privadas (entre las que se incluye el trabajo de las misiones religiosas). Puesto que a lo largo del cuestionario se preguntaba en numerosas ocasiones si el gobierno de los países encuestados ofrecía determinados servicios, cabe la posibilidad de que las respuestas no incluyan que muchos de los servicios e instituciones destinados a las personas Sordas están gestionados por ONGs y/u otras partes privadas y no por los gobiernos. En muchos países, es posible que estos servicios no gubernamentales jueguen un papel más amplio y sustancial en las vidas de las personas Sordas que los propios servicios del gobierno y la legislación. Por desgracia, disponemos de muy pocos datos o información sobre la calidad y cantidad de los distintos servicios e instituciones que cubren las necesidades de las personas Sordas, y es necesario realizar más investigaciones en diversos campos (por ejemplo a nivel demográfico, lingüístico, sociológico/antropológico y en la educación). Los análisis incluidos en este informe se basan únicamente en la existencia de varios servicios, instituciones y leyes en los países encuestados; no se discute ni analiza la calidad o el alcance de éstos. Por otra parte, tampoco ha sido posible analizar las respuestas derivadas de aspectos tales como el género y la edad para ver de qué manera afectan los diferentes servicios o la discriminación a hombres y mujeres o cómo se cubren las necesidades según el grupo de edad. Sin embargo, la falta de investigación y conocimiento sobre la población Sorda no sirve de excusa para continuar ignorando las necesidades y derechos de las personas Sordas. A pesar de que la CRPD enfatiza el papel de los gobiernos, no sólo es preciso cambiar la legislación de los países que hayan ratificado el documento e impulsar el compromiso con el espíritu y el contenido de la CRPD. También es preciso modificar las políticas, los programas, los servicios, las campañas de sensibilización y todo el trabajo realizado por las ONGs y otros agentes tal y como indica la CRPD. En muchas ocasiones, estas instituciones proporcionarán unos recursos y unos conocimientos muy útiles para respaldar el disfrute de los derechos humanos por parte de las personas Sordas. En muchas ocasiones, también tendrán la capacidad de ayudar a los gobiernos en su acciones destinadas a la mejora de los derechos, servicios y la calidad de vida de las personas con discapacidad. Es importante escuchar y respetar las opiniones y el conocimiento de las personas Sordas de cada país en lo que respecta a la planificación, implementación y/o provisión de todos los programas, servicios o la legislación que afectará a sus vidas, tanto si éstos los gestiona una ONG, el gobierno o una entidad privada. De lo contrario, se corre un alto riesgo de que la calidad de vida de las personas Sordas no mejore de modo que las personas Sordas seguirán careciendo de poder y su acceso y el disfrute pleno de los derechos humanos serán marginados. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 56 10. Listado de Referencias Informes Regionales del Proyecto Preliminar de Educación Global en materia de Derechos Humanos de las Personas Sordas, Federación Mundial de Sordos/Colin Allen (2008): http://www.wfdeaf.org/projects.html Informe Regional de la Secretaría Regional de la WFD para Europa del Este y Asia Media (WFD EEMARS) Informe Regional de la Secretaría Regional de la WFD para Asia y el Pacífico (WFD RSA/P) Informe Regional de la Secretaría Regional de la WFD para América del Sur(WFD RSSA) Informe Regional de la Secretaría Regional de la WFD para México, América Central y el Caribe (WFD MCAC) Informe Regional de la Secretaría Regional de la WFD para África del Este y del Sur (WFD RSESA) Informe Regional de la Secretaría Regional Interina de la WFD para la Región de África Occidental y Central (WFD WCAR) Informe Regional de la Secretaría Regional Interina de la WFD para la Región Árabe (WFD RSAR) Bibliografía Brill, Richard G. (1984). International Congresses on Education of the Deaf: An Analytical History. 1878- 1980. Washington D.C.: Gallaudet College Press Groce, Nora (2004) HIV/AIDS & Disability – Capturing Hidden Voices: Global Survey on HIV/AIDS and Disability, The Yale University/World Bank Grosjean, François (2001) “The Right of the Deaf Child to Grow up Bilingual” in Sign Language Studies (2001, 1(2), 110-114) Johnson, R.E, S. Liddell and C. Erting (1989) Unlocking the Curriculum: Principles for Achieving Access in Deaf Education, Graduate Studies and Research, Gallaudet University Joutselainen, Marjo (1992) Deaf People in the Developing World, World Federation of the Deaf Supalla, Ted, Ritva Bergman, Clark Denmark, Markku Jokinen, Odd-Inge Schröder and Manfa Suwanarat (1993) Report on the Status of Sign Language, World Federation of the Deaf Recursos en la Red / Páginas web CIA World Fact Book https://www.cia.gov/library/publications/the-world-factbook/ Gallaudet Research Institute Demographics data http://gri.gallaudet.edu/Demographics/deaf-US.php The Convention on the Rights of Persons with Disabilities http://www.un.org/disabilities/default.asp?id=259 The United Nations Declaration on Human Rights http://www.un.org/Overview/rights.html US Census Bureau http://www.census.gov/ipc/www/idb/worldpopinfo.html World Association of Sign Language Interpreters (WASLI) overview on Code of Ethics http://wasli.org/CodeofEthics.htm World Bank Country Classifications http://web.worldbank.org/WBSITE/EXTERNAL/DATASTATISTICS/0,,contentMDK:20420458~menuPK:6413315 6~pagePK:64133150~piPK:64133175~theSitePK:239419,00.html World Federation of the Deaf www.wfdeaf.org WFD Statement on the Unification of Sign Languages: http://www.wfdeaf.org/pdf/policy_statement_signlanguages.pdf WFD Policy on Education Rights for Deaf Children: http://www.wfdeaf.org/pdf/policy_child_ed.pdf World Health Organisation Fact Sheet no 300, Deafness and hearing impairment, 2006 http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs300/en/index.html Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 57 11. Trayectoria del Equipo de Investigación Dña. Hilde Haualand, Investigadora Hilde Haualand (nacida y educada en Trondheim, Noruega) es antropóloga social (posee el Doctorado en Ciencias Políticas, Universidad de Oslo 2001), investigadora del Instituto Fafo de Trabajo e Investigación Social y Doctora por la Universidad de Oslo. Ha participado en actividades de organizaciones no gubernamentales desde 1988, incluyendo la Asociación de Jóvenes Sordos de Noruega, la Asociación de Sordos de Noruega, el Comité de Estudiantes de Noruega, el Consejo Nacional para la Discapacidad de Noruega, el Consejo Nórdico de Personas Sordas, la Unión Europea de Sordos, la Federación Mundial de Sordos y la Secretaría Regional de la WFD para África del Este y del Sur. Ocupó la Cátedra ‘Powrie V. Doctor’ de Estudios sobre la Sordera de la Universidad de Gallaudet en 2005-06 y ha producido además programas de televisión para la Norwegian Broadcasting Corporation. Se crió en el seno de una familia oyente en la que todos aprendieron a signar siendo una de las dos hijas Sordas, pero siempre ha participado de la realidad Sorda y la oyente toda su vida. Entre sus objetivos principales está muy presente la comparación de las diferentes culturas y la vida social. D. Colin Allen, Ayudante de la Investigadora / Coordinador del Proyecto Colin Allen se crió en una familia Sorda de Sídney, Australia, y se licenció en Organizaciones Comunitarias por la Universidad de Tecnología de Sídney. Dentro de su variada carrera profesional ha trabajado como actor profesional en la Compañía de Teatro de Sordos de Australia, la Compañía de Teatro de Sordos de Fairmont (Ohio, EEUU) y la Compañía Sunshine Too (Instituto Técnico Nacional para Sordos, Rochester, Nueva York, USA); además de desempeñar la labor de Educador en materia de SIDA para la Comunidad Sorda de Sídney. Colin se implicó de primera mano en la comunidad Sorda de su ciudad natal, Sídney, y más adelante a nivel nacional en la Asociación de Sordos de Australia (conocida como Deaf Australia), de la que fue Presidente durante nueve años. En julio de 2003 fue elegido como miembro del consejo de la Federación Mundial de Sordos. Entre septiembre de 2000 y mayo de 2007, Colin fue contratado por la Asociación de Sordos de Finlandia (FAD) donde prestó sus servicios como asesor de formación organizativa con la Asociación Nacional de Sordos de Albania. Después se trasladó a Camboya durante tres años para trabajar como Asesor en el Programa de Desarrollo de las Personas Sordas y, a continuación, fue Asesor Organizativo durante otros tres años para el Proyecto de Formación Organizativa desarrollado en la Asociación de Sordos de Kosovo. Dirigió el Proyecto de investigación de la zona de los Balcanes en el que participaron cuatro países (Macedonia, Serbia y Montenegro, Bosnia y Herzegovina, y Turquía) en colaboración con sus Asociaciones nacionales de Sordos. Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 58 12. Apéndices 12.1 Apéndice nº 1 - Cuestionario Federación Mundial de Sordos Proyecto Preliminar de Educación Global en materia de Derechos Humanos de las Personas Sordas Email: DeafHumanRights@yahoo.com.au ENCUESTENCUESTA MUNDIAL Proyecto Preliminar de Educación Global en materia de Derechos Humanos de las Personas Sordas Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 59 1.0 Datos de Contacto 1.1 País: _________________________________________________________________________________ 1.2 Nombre de la Asociación Nacional de Sordos: _____________________________________________ 1.3 Dirección: Calle: ______________________________________________________________________________ Calle: ______________________________________________________________________________ Ciudad: ______________________________________________________________________________ Código Postal: _______________________________________________________________________ País: ______________________________________________________________________________ 1.4 Dirección Postal: Número Postal:________________________________________________________________________ Ciudad: ______________________________________________________________________________ Código Postal: _______________________________________________________________________ País: ______________________________________________________________________________ Página Web: _______________________________________________________________________ E-mail: ______________________________________________________________________________ 1.5 Números de teléfono: Teléfono fijo: _________________________________________________________ Teléfono móvil: _________________________________________________________ Fax: _________________________________________________________ Uso Exclusivo para Datos del Proyecto Nº Referencia del País: .............................................................................. Recibido: ...................................................................................... Entrada: ........................................................................................ Clasificación del país: □ Ingresos Bajos □ Ingresos Medio-Bajos □ Ingresos Medio-Altos □ Ingresos Altos Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 60 2.0 Asociación Nacional de Sordos 2.1 Por favor, escriba el nombre oficial de la Asociación Nacional de Sordos tanto en inglés como en su idioma: 2.1.1 Inglés: __________________________________________________________________________________ 2.1.2 En su lengua: __________________________________________________________________________ 2.2 Por favor, indique el número de afiliados que tiene la Asociación Nacional de Sordos de su país 2.2.1 Socios Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.2.1.1 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.2.1.2 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.2.2 Socios Hipoacúsicos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.2.2.1 Mujeres Hipoacúsicas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.2.2.2 Hombres Hipoacúsicos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.2.3 Socios Oyentes: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.3 ¿En que año se fundó la Asociación Nacional de Sordos? 2.4 ¿Su Asociación de Sordos tiene Estatutos / una Constitución? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 2.5 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 2.5 2.5 ¿Su gobierno reconoce a su entidad como la organización nacional que representa a las personas Sordas de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 2.6 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 2.6 2.6 Por favor enumere algunas áreas en las que su Asociación ha adoptado una declaración política 2.7 Por favor, enumere las seis cuestiones /acciones de mayor prioridad dentro de su plan de acción estratégico 2.8 Por favor, describa la estructura de su Asociación Nacional de Sordos (p.ej. congreso / reunión anual / consejo / ejecutiva / regiones / asociaciones locales, etc.) 2.8.1 ¿Cuántas Asociaciones de Sordos Regionales y/o Locales están afiliadas a su Asociación Nacional de Sordos? 2.8.1.1 Asociaciones Regionales: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.8.1.2 Asociaciones Locales: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.9 ¿Cuántos miembros son Sordos? [___________________] de [___________________] (Miembros del Consejo Sordos) (Total Miembros del Consejo) Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 61 2.10 Entre los miembros del Consejo ¿cuántas mujeres Sordas y cuántos hombres Sordos hay? 2.10.1 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.10.2 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.11 ¿En su Asociación Nacional se han creado comités para las áreas de interés especial o está afiliada a algún colectivo independiente e importante dentro de su país? Por ejemplo: □ Intérpretes de Lengua de Signos □ Investigadores de la Lengua de Signos □ Educación de Personas Sordas □ Padres de Niños Sordos □ Personas Mayores Sordas □ Sordociegos □ Juventud Sorda □ Colectivos culturales de personas Sordas □ Deportes □ Personas Sordas con otras Discapacidades □ Lesbianas, Gais, Transexuales y Bisexuales □ Colectivos de Mujeres Sordas □ Hijos/as de Padres Sordos □ Otros, por favor indicar a continuación: 2.12 ¿En su Asociación Nacional de Sordos hay personal asalariado? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 2.12.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 2.13 2.12.1 Dentro del personal asalariado, ¿cuántas mujeres y cuántos hombres hay? 2.12.1.1 Mujeres: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.12.1.2 Hombres: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.12.2 De los miembros de personal asalariado, ¿cuántos son Sordos? 2.11.2.1 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.11.2.2 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 2.13 ¿El Director General / Director Ejecutivo / Persona encargada es Sordo/a? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 3.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 3.1 3.0 Población Sorda 3.1 ¿El gobierno de su país dispone de datos oficiales del número de personas Sordas de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 3.1.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 3.2 3.1.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor indique el número oficial de personas Sordas de su país 3.1.1.1 Total: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.1.1.2 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.1.1.3 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 62 3.2 ¿Su Asociación dispone de cifras oficiales o aproximadas del número de personas Sordas que viven en su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 3.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 3.3 3.2.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor indique el número oficial de personas Sordas de su país 3.2.1.1 Total: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.2.1.2 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.2.1.3 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.3 ¿Su Asociación posee cifras oficiales o aproximadas del número de personas Sordas que utilizan la lengua de signos como primera lengua? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 3.3.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 3.4 3.3.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor indique el número de personas Sordas que usan la lengua de signos en su país 3.3.1.1 Total: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.3.1.2 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.3.1.3 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 3.4. ¿El VIH/SIDA afecta a las mujeres, hombres y niños Sordos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 3.4.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.1 □ Si no dispone de información, por favor vaya a la pregunta nº 4.1 3.4.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor describa la situación del VIH/SIDA dentro de la comunidad Sorda de su país incluyendo cualquier estadística oficial de las personas Sordas que conviven con el virus del VIH/SIDA. 4.0 Legislación y Políticas 4.1 ¿El gobierno de su país reconoce a las personas Sordas como ciudadanos en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.2 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.2 4.2 ¿El gobierno de su país dispone de una oficina encargada de los servicios para las Personas con Discapacidad? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.3 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 63 4.2.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo se llama, cuál es la dirección y la página web de la oficina del gobierno responsable de los servicios que se ofrecen a las Personas con Discapacidad de su país? 4.3 ¿El gobierno de su país contempla de manera específica a las personas Sordas (o Personas con Discapacidad en general) en alguna ley o política? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.3.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.4 4.3.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor enumere las leyes o políticas para las personas Sordas (o Personas con Discapacidad) (Por favor escriba detalladamente el nombre de las leyes y políticas): 4.4 ¿El gobierno de su país posee leyes anti-discriminatorias para las Personas Sordas (o Personas con Discapacidad)? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.5 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.5 4.5 ¿El gobierno de su país ofrece servicios específicos para la Comunidad Sorda a través de sus ministerios? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.5.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.5.3 4.5.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿qué tipo de servicios específicos ofrece su gobierno a la Comunidad Sorda? 4.5.2 ¿Cuál es la opinión general sobre el / los servicio/s específico/s que ofrece su gobierno a la Comunidad Sorda? Por favor vaya a la pregunta nº 4.6 4.5.3 Si la respuesta es negativa, ¿por qué su gobierno no ofrece ningún servicio específico para la Comunidad Sorda? 4.6 ¿Su Asociación mantiene algún tipo de contacto con el gobierno actual de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.6.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.7 4.6.1 ¿Qué tipo de contacto mantiene su Asociación con el gobierno actual de su país? 4.7 ¿Su Asociación recibe algún tipo de ayuda económica por parte del gobierno actual de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.7.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.8 4.7.1 ¿Qué cantidad anual recibe como ayuda económica por parte del gobierno de su país? 4.7.2 ¿Cuál es el objetivo de la ayuda económica que el gobierno de su país destina a la Comunidad Sorda? Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 64 4.8 ¿Las personas Sordas tienen derecho a votar en las elecciones nacionales, regionales y locales? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.9 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.8.1 4.8.1 Si las personas Sordas no tienen derecho a votar, por favor enumere las políticas o legislación de su gobierno que priven de manera explícita a las personas Sordas del derecho a voto: 4.9 ¿Las personas Sordas pueden obtener el carné de conducir? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.10 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.9.1 4.9.1 Si a las personas Sordas no se les permite conducir, por favor proporcione cualquier información detallada publicada o manifestada por el Gobierno: 4.10 ¿Está permitido que las personas Sordas se casen entre sí o con otros cónyuges? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.11 □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.11 4.10.1 Si las personas Sordas no pueden casarse, por favor enumere alguna ley o política específica que prohíba que las personas Sordas se casen (o no que no les permite que se casen con otra persona sorda): 4.11 ¿Está permitido que las personas Sordas tengan descendencia? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 4.12 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.11.1 4.11.1 Si no está permitido que las personas Sordas tengan descendencia, por favor enumere alguna ley o política específica de su gobierno que prohíba que las personas Sordas tengan hijos. 4.12 ¿Está permitido que las personas Sordas adopten? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 5.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 4.12.1 4.12.1 Si no está permitido que las personas Sordas adopten, por favor enumere alguna ley o política específica de su gobierno que prohíba que las personas Sordas adopten. 5.0 Acceso a los Servicios del Gobierno 5.1 ¿Las personas Sordas tienen acceso a los servicios que ofrece el gobierno en el ámbito educativo, la salud, el empleo, el bienestar social y otras áreas generales del gobierno? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 5.1.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 5.2 5.1.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo acceden las personas Sordas a estos servicios? 5.1.2 ¿Las personas Sordas están satisfechas con el nivel de acceso que tienen a estos servicios del gobierno? Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 65 5.2 ¿Las personas Sordas tienen derecho a percibir alguna ayuda económica por parte del gobierno de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 5.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 6.1 5.2.1 ¿Qué tipo de ayuda económica pueden percibir las personas Sordas por parte del gobierno de su país? □ Pensión por Invalidez □ Pensión General □ Pensión específica por Discapacidad □ Otra, por favor indicar a continuación: 6.0 Acceso a los Medios de Comunicación 6.1 ¿El gobierno de su país ofrece servicios en lengua de signos en las noticias y / o programas de actualidad de la televisión pública? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 6.1.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 6.2 6.1.1 Por favor proporcione información detallada sobre las horas o días a la semana en los que las personas Sordas disponen de servicios en lengua de signos durante las noticias y /o programas de actualidad en la televisión pública. 6.2 ¿El gobierno de su país proporciona subtítulos en las noticias y / o programas de actualidad? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 6.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 6.3 6.2.1 Por favor proporcione información detallada sobre las horas o días a la semana en los que se ofrecen noticias/ programas de actualidad (subtitulados) para las personas Sordas 6.3 ¿Los documentos gubernamentales están disponibles en la lengua de signos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 7.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 7.1 7.0 Situación de la Lengua de Signos Nacional 7.1 ¿El gobierno de su país reconoce formalmente la(s) lengua(s) de signos empleada(s) en su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 7.1.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 7.1.3 7.1.1 ¿Qué norma o ley reconoce formalmente el uso de la lengua de signos en su país? □ Constitución □ Legislación □ Política □ Directriz □ Otra, por favor indicar a continuación: 7.1.2 ¿Cuándo reconoció formalmente el gobierno de su país la lengua de signos? Por favor vaya a la pregunta nº 7.2 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 66 7.1.3 ¿Desde su Asociación de Sordos se ejerce presión sobre el gobierno para alcanzar el reconocimiento de la(s) lengua(s) de signos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 7.2 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 7.1.4 7.1.4 Si la respuesta es negativa, por favor explique el motivo por el que su Asociación no ejerce presión sobre el gobierno actual para alcanzar el reconocimiento de la Lengua de Signos de su país. 7.2 ¿Existe un diccionario de la lengua de signos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.1 8.0 Acceso a la Educación 8.1 ¿El gobierno de su país reconoce el derecho de los niños y alumnos Sordos a recibir una educación? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.2 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.2 8.2 ¿El gobierno de su país tiene alguna ley o política sobre la Educación de las personas Sordas? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.2.2 8.2.1 Si la respuesta es afirmativa, especifique el nombre de la ley o política relacionadas con la Educación de las personas Sordas: Por favor vaya a la pregunta nº 8.3 8.2.2 Si la respuesta es negativa, ¿todos los niños y alumnos Sordos tienen derecho a recibir alguna educación en su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.3 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.3 8.3 ¿El gobierno de su país proporciona alguno de los siguientes entornos educativos para los niños y alumnos Sordos? Intervención temprana (hasta los 5 años) □ Sí □ No Guardería (entre los 3/4 años hasta los 5/6 años) □ Sí □ No Primaria (desde los 5/6 años hasta los 12/13 años) □ Sí □ No Secundaria (desde los 12/13 años hasta los 17/18 años) □ Sí □ No Universidad (después de los 18 años) □ Sí □ No Formación Profesional □ Sí □ No Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 67 8.4 ¿El gobierno de su país ofrece educación bilingüe empleando la lengua de signos nacional a los niños y alumnos Sordos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.4.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.5 8.4.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿en qué entorno educativo se ofrece educación bilingüe empleando la lengua de signos de su país? Intervención temprana (hasta los 5 años) □ Sí □ No Guardería (desde los 3/4 años hasta los 5/6 años) □ Sí □ No Primaria (desde los 5/6 años hasta los 12/13 años) □ Sí □ No Secundaria (desde los 12/13 años hasta los 17/18 años) □ Sí □ No Universidad (después de los 18 años) □ Sí □ No Formación Profesional □ Sí □ No 8.5 ¿En su país hay alguna escuela específica para niños y alumnos Sordos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.5.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.5.3 8.5.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿cuántas escuelas para Sordos hay en su país? 8.5.2 ¿Cuál es el enfoque educativo que se sigue para comunicarse con los niños y alumnos Sordos de las Escuelas de Sordos de su país? □ Educación Bilingüe □ Método Oralista □ Palabra Complementada □ Oral y Lengua de Signos (Comunicación Total) □ Auditivo-Verbal □ Otro, por favor indicar a continuación: Por favor vaya a la pregunta nº 8.6 8.5.3 Si la respuesta es negativa, ¿en dónde reciben su educación los niños y alumnos Sordos de su país? 8.6 ¿Cuál es la opinión general del nivel de educación actual que reciben los niños y alumnos Sordos en su país? 8.7 ¿Cuál es la opinión general respecto al nivel de lectoescritura de los niños y alumnos Sordos de su país? 8.8 ¿Las personas Sordas de su país tienen acceso a la educación universitaria? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 8.8.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 8.8.2 8.8.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿cuántas Universidades ofrecen acceso a las personas Sordas a estos estudios en su país? Por favor vaya a la pregunta nº 8.9 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 68 8.8.2 Si la respuesta es negativa, ¿por qué las personas Sordas de su país no tienen acceso a la educación universitaria? Por favor vaya a la pregunta nº 9.1 8.9 ¿Las personas Sordas disponen de servicio de intérpretes de lengua de signos en la Universidad? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.1 9.0 Situación del Servicio de Intérpretes de Lengua de Signos 9.1 ¿En su país hay algún intérprete de lengua de signos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.1.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.1.6 9.1.1 ¿Cuántos intérpretes de lengua de signos hay en su país? 9.1.2 ¿Existe algún tipo de titulación como intérprete de lengua de signos en su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.1.3 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.2 9.1.3 ¿Quién ofrece la formación a los alumnos que desean convertirse en intérpretes de lengua de signos cualificados? □ Universidad □ Centro Estatal □ Asociación Nacional de Sordos □ Otro, por favor indicar a continuación: 9.1.4 ¿Cuántos años dura la formación que reciben las personas que desean convertirse en intérpretes de lengua de signos? □ Cuatro años □ Tres años □ Dos años □ Menos de un año □ Otros, por favor indicar a continuación: 9.1.5 ¿Cuántos intérpretes de lengua de signos de su país están cualificados? 9.1.6 ¿Cómo acceden las personas Sordas a los intérpretes de lengua de signos? 9.2 ¿En su país existen servicios de interpretación en lengua de signos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.3 9.2.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿quién proporciona estos servicios de interpretación en lengua de signos? □ Gobierno □ Asociación Nacional de Sordos □ Sector Privado □ Otros, por favor indicar a continuación: Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 69 9.2.2 ¿Para qué áreas de su vida disponen de servicios de interpretación en lengua de signos en su país? □ Servicios Sociales □ Servicios Médicos/Salud □ Empleo □ Judiciales □ Educativos □ Asesoramiento □ Organismos financieros □ Funerales / Bodas □ Ocio □ Otros, por favor indicar a continuación: 9.2.3 ¿Cuál es la opinión general sobre estos servicios de interpretación en lengua de signos? 9.3 ¿Los intérpretes de lengua de signos reciben un sueldo por los servicios que realizan? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.3.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.3.3 9.3.1 ¿Quién es el responsable de pagar a los intérpretes de lengua de signos? □ Gobierno □ Asociación Nacional de Sordos □ Personas Sordas □ Otros, por favor indicar a continuación: 9.3.2 ¿Qué tarifa media cobran por hora los Intérpretes de Lengua de Signos en su país? Por favor vaya a la pregunta nº 9.4 9.3.3 ¿Sus intérpretes de lengua de signos prestan servicios de manera voluntaria en todos los casos de interpretación a lengua de signos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.4 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.4 □ A veces, por favor vaya a la pregunta nº 9.4 9.4 ¿En su país existe alguna Asociación Nacional de Intérpretes de Lengua de Signos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.4.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.5 9.4.1 ¿Esta Asociación Nacional de Intérpretes de Lengua de Signos es independiente de su Asociación Nacional de Sordos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.5 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.5 9.5 ¿Existe un Código Ético nacional para los intérpretes de lengua de signos de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.6 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 9.6 Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 70 9.6 ¿Existe alguna ley o política en su país que afirme que el gobierno tiene la responsabilidad de proporcionar los servicios de interpretación en lengua de signos? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 9.6.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 10.1 9.6.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor enumere alguna ley o política específica que afirme que el gobierno tiene la responsabilidad de proporcionar los servicios de interpretación en lengua de signos. 10.0 Empleo 10.1 ¿El gobierno de su país considera que las personas Sordas tienen derecho a optar a un empleo y percibir un salario estándar? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 10.2 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 10.2 10.2 ¿El gobierno de su país posee alguna ley antidiscriminatoria en el ámbito del empleo, especialmente para las Personas Sordas y las Personas con Discapacidad? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 10.2.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 10.3 10.2.1 Si la respuesta es afirmativa, por favor escriba con caracteres claros el nombre de la legislación o las políticas relacionadas con la antidiscriminación en materia de empleo: 10.3 ¿Su Asociación Nacional dispone de alguna cifra oficial o aproximada de las personas Sordas de su país que están asalariadas? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 10.3.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 10.4 10.3.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿cuántas personas Sordas tienen un empleo? 10.3.1.1 Total: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 10.3.1.2 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 10.3.1.3 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 10.3.2 ¿En qué áreas de empleo trabajan más comúnmente las personas Sordas de su país? □ Administración □ Dirección □ Educación □ Teatro /Arte □ Proyectos Investigación □ Lengua de Signos □ Servicios Sociales □ Agrícola □ Industria Financiera □ Ingeniería □ Soldador/a □ Carpintería □ Joyero/a □ Sastrería □ Construcción □ Pintor/a □ Limpieza □ Mecánico □ Carrocero/a □ Zapatero/a □ Panadería □ Peluquero/a □ Impresor/a □ Catering □ Otro, por favor indicar a continuación: Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 71 10.4 ¿Existen cifras sobre el porcentaje de las personas Sordas desempleadas de su país? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 10.4.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 10.5 10.4.1 Si la respuesta es afirmativa, ¿cuál es el porcentaje de personas Sordas desempleadas en su país? Si es posible, indique el porcentaje de mujeres y hombres Sordos desempleadas/os. 10.4.1.1 Total: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 10.4.1.2 Mujeres Sordas: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 10.4.1.3 Hombres Sordos: - [___________________] por favor escriba el número en esta casilla 10.4.2 ¿Por qué las personas Sordas de su país carecen de empleo? 10.5 ¿En su país existe un servicio de empleo que ayude a las personas Sordas en paro a encontrar un trabajo? □ Sí, por favor vaya a la pregunta nº 10.5.1 □ No, por favor vaya a la pregunta nº 11.1 10.5.1 ¿Quién es el responsable de prestar el servicio de empleo a las personas Sordas desempleadas de su país? □ Servicio de Empleo del Gobierno □ Asociación Nacional de Sordos □ Otro, por favor indicar a continuación: 11.0 General 11.1 ¿Cuál de los siguientes objetivos para la Comunidad Sorda es considerado como el más prioritario por su Asociación Nacional de Sordos? □ Mejor calidad educativa para las personas Sordas □ Igualdad de Oportunidades Laborales □ Mejores servicios y calidad de la Interpretación de Lengua de Signos □ Reconocimiento de la Lengua de Signos de su país por parte de su Gobierno □ Mejorar la calidad y el acceso al Gobierno y los Servicios a la Comunidad □ Otro, por favor indicar a continuación: 11.2 ¿Hay algún otro aspecto que preocupe a su Asociación en lo que respecta a la calidad de vida de las personas Sordas de su país? Por favor enumérelos: Gracias por haber dedicado su tiempo a cumplimentar este Cuestionario Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 72 12.2 Apéndice nº 2 – Listado de países encuestados en cada región 1 Secretaría Regional de la WFD para Europa del Este y Asia Media (WFD EEMARS) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. República de Armenia B Sociedad de Sordos de Armenia 2. República de Bielorrusia B Sociedad de Sordos de Bielorrusia 3. Bulgaria MA Unión de Sordos de Bulgaria 4. República de Kazajistán MA Sociedad de Sordos de Kazajistán 5. República de Moldavia MB Sociedad de Sordos de la República de Moldavia 6. Federación Rusa MA Sociedad de Sordos de Toda Rusia 7. Ucrania MB Sociedad de Sordos de Ucrania 8. República de Uzbekistán B Sociedad de Sordos de Uzbekistán 2 Secretaría Regional de la WFD para Asia y el Pacífico (WFD RSA/P) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. Australia A Deaf Australia 2. Indonesia MB Asociación para el Bienestar de los Sordos de Indonesia 3. Japón A Federación de Sordos de Japón 4. Malasia MB Federación de Sordos de Malasia 5. Nepal B Federación de Sordos e Hipoacúsicos de Nepal 6. Nueva Zelanda A Asociación de Sordos de Nueva Zelanda 7. Filipinas MB Federación de Sordos de Filipinas 8. República de corea A Federación de Sordos de Corea 9. Sri Lanka MB Federación de Sordos de Sri Lanka 10. Tailandia MB Asociación Nacional de Sordos de Tailandia No Miembros: 11. Bután MB Unidad de Educación Sorda 12. Camboya B Programa de Desarrollo para Sordos, Maryknoll24 13. Laos B Unidad de Sordomudos, Asociación de Discapacitados de Laos 14. Myanmar B Asociación de Sordos de Yangon y Asociación de Sordos de Mandalay 3 Secretaría Regional de la WFD para América del Sur (WFD RSSA) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. Argentina MA Confederación Argentina de Sordomudos 2. Bolivia MB Federación Boliviana de Sordos 3. Brasil MA Federación Nacional para la Educación e Integración del Sordo 4. Chile MB Asociación de Sordos de Chile 5. Colombia MB Federación Nacional de Sordos de Colombia 6. Ecuador MB Federación Nacional de Personas Sordas de Ecuador 7. Paraguay MB Centro de Sordos de Paraguay 8. Perú MB Asociación de Sordos de Perú 9. Venezuela MB Federación de Sordos de Venezuela 4 Secretaría Regional de la WFD para México, América Central y el Caribe (WFD MCAC) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. Costa Rica MA Asociación Nacional de Sordos de Costa Rica 2. Cuba MB Asociación Nacional de Sordos de Cuba 3. República Dominicana MA Asociación Nacional de Sordos de la República Dominicana 4. El Salvador MB Asociación Salvadoreña de Sordos 5. Guatemala MB Asociación de Sordos de Guatemala 24 Miembro Asociado de la WFD Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 73 6. México MA Federación de Sordos de México 7. Nicaragua MB Asociación Nacional de Sordos de Nicaragua 8. Panamá MA Asociación Nacional de Sordos de Panamá No Miembros: 9. Guyana MB Grupo de Asistencia para las Personas Sordas en Guyana 10. Haití B Centro de Ayuda para las Personas con Problemas Auditivos de Haití 11. Honduras MB Asociación de Sordos de Honduras 25 12. Surinam B Asociación de Sordos de Surinam 5 Secretaría Regional de la WFD para África del Este y del Sur (WFD RSESA) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. Botsuana MA Asociación de Sordos de Botsuana 2. Burundi B Asociación Nacional de Sordos de Burundi 3. Eritrea B Asociación Nacional de Sordos de Eritrea 4. Etiopía B Asociación Nacional de Sordos de Etiopia 5. Kenia B Asociación Nacional de Sordos de Kenia 6. Lesoto MB Asociación Nacional de Sordos - Lesoto 7. Madagascar B Federación de Sordos de Madagascar 8. Malawi B Asociación Nacional de Sordos de Malawi 9. Mozambique B Asociación de Sordos de Mozambique 10. Namibia MB Asociación Nacional de Sordos de Namibia 11. Ruanda B Asociación Nacional de Sordos de Ruanda 12. Sudáfrica MA Federación de Sordos de Sudáfrica 13. Suazilandia MB Asociación Nacional de Sordos de Suazilandia 14. Tanzania B Asociación de Sordos de Tanzania 15. Uganda B Asociación Nacional de Sordos de Uganda 16. Zambia B Asociación Nacional de Sordos de Zambia 17. Zimbabue B Asociación Nacional de Sordos de Zimbabue No Miembros: 18. Seychelles MA Asociación de Personas con Discapacidad Auditiva26 19. Sudán B Unión Nacional de Sordos de Sudán 6 Secretaría Regional Interina de la WFD para la Región de África Occidental y Central (WFD WCAR) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. Benin B Asociación Nacional de Sordos de Benin 2. Burkina Faso B Unión Nacional de Asociaciones de Discapacitados Auditivos de Burkina 3. Camerún MB Asociación Nacional de Sordos de Camerún 4. Rep. Dem. del Congo B Asociación Nacional de Sordos de la República Democrática del Congo 5. Costa de Marfil B Asociación Nacional de Sordos de Costa de Marfil 6. Gambia B Asociación de Sordos e Hipoacúsicos de Gambia 7. Ghana B Asociación Nacional de Sordos de Ghana 8. Guinea B Asociación de Sordos de Guinea 9. Níger B Asociación de Sordos de Níger 10. Nigeria B Asociación Nacional de Sordos de Nigeria 11. Senegal B Asociación Nacional de Sordos de Senegal 12. Sierra Leona B Asociación de Sordos de Sierra Leona 13. Togo B Asociación de Sordos de Togo 25 Cuando se realizó la Encuesta esta Asociación no era MO; posteriormente se convirtió en MO 26 Miembro Asociado de la WFD Personas Sordas y Derechos Humanos Pág. 74 No Miembros: 14. Cabo Verde MB Asociación de Ayuda para el Desarrollo e Integración de los Niños con Discapacidad 15. Chad B Iglesia y Misión Cristiana para las Personas Sordas de Chad 16. Gabón MA Agrupaciones Nacionales de Sordos de Gabón 7 Secretaría Regional Interina de la WFD para la Región Árabe (WFD RSAR) MMOO WFD Clasificación Banco Mundial Nombre de la Asociación 1. Algeria MB Federación Nacional de Sordos de Algeria 2. Kuwait A Club Deportivo de Sordos de Kuwait 3. Marruecos MB Foro de Sordos de Marruecos No Miembros: 4. Bahréin A Sociedad de Sordos de Bahréin 5. Egipto MB Asociación para el Servicio a los Discapacitados Auditivos 6. Iraq MB Organización Benéfica para Sordos 7. Líbano MA Centro de Aprendizaje para Sordos 8. Mauritania B Asociación de Padres con Hijos Sordos 9. Omán A Centro Social de Voluntarios Al-Wafa en Abry 10. Palestina MB Unión de Sordos de Palestina 11. Qatar A Centro Sociocultural para Sordos de Qatar27 12. Arabia Saudí A Asociación Saudí de Discapacitados Auditivos 13. Túnez MB Asociación para la Asistencia del Sordo de Túnez 14. Emiratos Árabes Unidos A Servicios Humanitarios de la Ciudad de Sharja 15. Yemen B Sociedad para la Rehabilitación del Sordo de Yemen 27 Miembro Asociado de la WFD